Presentación

La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, establece, para la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entes instrumentales, la obligación de hacer pública por propia iniciativa la información pública de relevancia que garantice la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de su actuación. Con ello se pretende dotar de mecanismos que posibiliten el conocimiento por la ciudadanía de la actuación de poderes públicos y, de este modo, redunde en la eficacia, eficiencia y responsabilidad de las autoridades públicas.

En este marco jurídico, el artículo 22 del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, ha ampliado sustancialmente el ámbito de la información que, en el ámbito de la hacienda pública, ha de ponerse a disposición de la ciudadanía a través del Portal de Transparencia, ya que se establece la obligación de publicar trimestralmente el detalle de todos los documentos de pago que se hayan materializado en el período, así como los ingresos recaudados y los saldos mantenidos en las cuentas de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

Las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y los consorcios del artículo 12.3 de la misma, pasaron a estar sujetos a contabilidad presupuestaria con las modificaciones introducidas en el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía por las Leyes de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los ejercicios 2019 y 2020, resultando sus datos sobre pagos, ingresos y saldos en cuenta, integrados con los de la Tesorería General de la Junta de Andalucía a partir del ejercicio 2021.

Esta obligación también la extiende el citado Decreto, en su artículo 23, al resto de entes instrumentales del Sector Público Andaluz, de este modo las sociedades mercantiles y las fundaciones deben proceder a la publicación de los mismos datos que se contemplan para la Administración General, con las adaptaciones que precisen por no estar sujetos a contabilidad presupuestaria y también en los mismos plazos que se establecen para la Administración General.

Premio AUDAZ 'Mejor buena práctica'

Logo de los premios AUDAZLos Premios AUDAZ distinguen las mejores prácticas o iniciativas en materia de transparencia dentro del ámbito autonómico y reconocen los avances más significativos en calidad de la información publicada. 

En su primera edición, el Visor de Movimientos de Tesorería de la Junta de Andalucía, ha sido distinguido como 'Mejor buena práctica' en la subcategoría de 'Transparencia presupuestaria'.

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