Órganos colegiados en la Junta de Andalucía
Según el artículo 19 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, los órganos colegiados son aquellos creados formalmente y compuestos por tres o más miembros, con funciones administrativas de decisión, propuesta, asesoramiento, seguimiento o control.
Si quieres identificar los órganos colegiados de cada consejería de la Junta de Andalucía, entra en su correspondiente enlace:
- Órganos colegiados de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
- Órganos colegiados de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
- Órganos colegiados de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
- Órganos colegiados de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
- Órganos colegiados de la Consejería de Salud y Consumo
- Órganos colegiados de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órganos colegiados de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación
- Órganos colegiados de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior
- Órganos colegiados de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
- Órganos colegiados de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órganos colegiados de la Consejería de Cultura y Deporte
- Órganos colegiados de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente
- Órganos colegiados de la Consejería de Industria, Energía y Minas
- Órganos colegiados de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública
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