Plan Anual de Contratación de AVRA 2023

Información general

Organismo
  • Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía
Instrumentos de aprobación

Resolución del la Dirección General de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía por al que se aprueba el modelo de Plan Anual de Contratación de 28 de Diciembre de 2022.

Fecha de aprobación
Descripción

El artículo 28.4º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 dice que: "Las entidades del sector público programarán la actividad de contratación pública, que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o períodos plurianuales y darán a conocer su plan de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa previsto en el artículo 134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a una regulación armonizada”. En el ámbito de Andalucía, supone un paso más en las obligaciones establecidas para los órganos de contratación en el art. 15 a) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. Respondiendo al mandato legal que viene justificado por la consecución de un sistema de contratación más eficiente en el uso de los recursos públicos, es necesario dotarse de un Plan que facilite la consecución de los objetivos de la Agencia que permita garantizar la gestión en plazo de los contratos que se precisan para atender las necesidades y que ayude a implementar una cultura de mejora continua en la gestión de la contratación pública que prevea y reduzca los potenciales fallos, e incremente la eficacia y la eficiencia en el proceso.

Objetivos concretos

El Plan pretende la consecución de varios objetivos, entre los que podemos destacar los siguientes: - Facilitar información anticipada sobre las licitaciones previstas a efectos de la planificación por los posibles licitadores. - Promover la concurrencia garantizando que con la información suministrada, los licitadores puedan presentar mejores propuestas. - Mejorar la eficiencia en la contratación para eliminar posibles disfunciones y avanzar hacia la licitación coordinada de contratos de objeto idéntico o muy similar. - Anticipar la planificación para poder tramitar los contratos con antelación suficiente garantizando una mejora en las prestaciones a obtener así como evitar la finalización del plazo de vigencia de un contrato sin que se haya adjudicado el que haya de sustituirlo. - Evitar la celebración de contratos menores para necesidades recurrentes y previsibles. - Reducir los plazos de licitación en los contratos sujetos a regulación armonizada. - Evaluar el grado de ejecución del Plan una vez finalizado el ejercicio.

Medios

Las medidas se ejecutarán con los recursos ordinarios de la Agencia.

Periodo de vigencia
-

Evaluación del plan

El Plan, como no puede ser de otra manera, es meramente indicativo y no vinculante, por lo que no obliga a la celebración de todos los contratos planificados y podrá realizarse alguno no contemplado en este Plan cuando surja alguna necesidad no prevista en el momento de elaboración del mismo, motivando este extremo en la memoria justificativa del expediente de contratación correspondiente. No obstante lo anterior, en el informe final de ejecución del Plan anual se establecerá una estadística sobre el grado de cumplimiento de la programación por cada una de las distintas unidades que integran la Agencia, sin perjuicio de que en un futuro pueda ser tenido en cuenta a la hora de valorar la consecución de los objetivos.

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