Programación Anual de contratación de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2025

Información general

Organismo
  • Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía
Instrumentos de aprobación

Resolución de la Directora General de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía por la que se acuerda la elaboración del Plan Anual de Contratación para 2024 y ejercicios siguientes, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 28, apartado 4 de la Ley de Contratos del Sector Público o norma que lo sustituya.

Fecha de aprobación
Descripción

El apartado 4 del artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 establece que las entidades del sector público programarán la actividad de contratación pública, que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o períodos plurianuales y darán a conocer su plan de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa previsto en el artículo 134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a una regulación armonizada.

De modo que en aplicación de lo previsto en el artículo 28, apartado 4 de la LCSP se publica anticipadamente la programación anual de contratación de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía para el ejercicio 2025, dando a conocer su Plan anual de contratación para 2025, sin perjuicio de que en el primer trimestre del ejercicio 2026 se publicarán los resultados de la contratación efectivamente realizada durante el ejercicio 2025 en el denominado Informe final de ejecución del Plan anual de contratación de AVRA 2025.

Objetivos concretos

El Plan pretende la consecución de varios objetivos, entre los que podemos destacar los siguientes:

  • Facilitar información anticipada sobre las licitaciones previstas a efectos de la planificación por los posibles licitadores.

  • Promover la concurrencia garantizando que con la información suministrada, los licitadores puedan presentar mejores propuestas.

  • Mejorar la eficiencia en la contratación para eliminar posibles disfunciones y avanzar hacia la licitación coordinada de contratos de objeto idéntico o muy similar.

  • Anticipar la planificación para poder tramitar los contratos con antelación suficiente garantizando una mejora en las prestaciones a obtener así como evitar la finalización del plazo de vigencia de un contrato sin que se haya adjudicado el que haya de sustituirlo.

  • Evitar la celebración de contratos menores para necesidades recurrentes y previsibles empleando, si es posible, el procedimiento abierto simplificado abreviado.

  • Reducir los plazos de licitación en los contratos sujetos a regulación armonizada.

Medios

Las medidas se ejecutarán con los recursos ordinarios de la Agencia

Periodo de vigencia
-

Evaluación del plan

El Plan anual de contratación de AVRA para 2025 que recoge la programación de contratación para dicho ejercicio, es meramente indicativo y no vinculante, por lo que no obliga a la celebración de todos los contratos planificados y podrá realizarse alguno o varios no contemplados en este Plan cuando surja alguna necesidad no prevista en el momento de elaboración del mismo, motivando este extremo en la memoria justificativa del expediente de contratación correspondiente.

No obstante, esta publicación anticipada de la programación de la Agencia para 2025, tal y como exige el artículo 28, apartado 4 de la LCSP, supone un punto de partida para la consecución de los objetivos y finalidades públicas marcadas a principio de año, lo que se complementará a principios de la anualidad siguiente con su Informe final de ejecución, en el que se expondrán los contratos efectivamente realizados, procedimientos de contratación empleados y grado de ejecución conseguido.

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