Proyecto de Decreto por el que se regulan las entidades deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas
Información general
Con la aprobación de un nuevo decreto se pretende, desarrollar las novedades incorporadas por la Ley 5/2016, de 19 de julio, tanto en materia de entidades deportivas (nueva clasificación, utilidad publica, código de buen gobierno, etc.) como en el Registro de entidades deportivas e incorporar en la nueva regulación la experiencia adquirida a lo largo de estos últimos 15 años.
La aprobación de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, crea un nuevo ámbito normativo que incluye una serie de novedades en el régimen jurídico de las entidades deportivas andaluzas así como en el régimen de funcionamiento propio del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, que hacen necesaria la adaptación del régimen normativo conformado por el Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas, al actual ordenamiento jurídico deportivo. Igualmente, la experiencia adquirida por la Administración de la Junta de Andalucía en el ejercicio de sus competencias en materia de entidades deportivas exige la aprobación de un nuevo decreto.
Con esta propuesta normativa se pretende adaptar la normativa en relación con las áreas siguientes:
- La clasificación de entidades deportivas en torno a la tipología de deporte que establece la ley, deporte de competición y deporte de ocio, así como la regulación de la declaración de utilidad pública para las federaciones deportivas y otros entes deportivos conforme al mandato estatutario.
- La posibilidad de la existencia de federaciones deportivas que desde el primer momento de su reconocimiento asumen todas las funciones públicas delegadas por la Ley, frente a otras a las que solamente se les reconocerán las funciones públicas que puedan asumir y cumplir, sin perjuicio de la reversibilidad de tal situación cuando se den las condiciones apropiadas.
- El principio de igualdad efectiva entre hombres y mujeres que está presente a la hora de nombrar a los miembros de las juntas directivas de las mismas.
- La regulación sobre el régimen presupuestario en el ámbito federativo y la necesidad de que las federaciones deportivas aprueben un código de buen gobierno, en aras de una mayor transparencia, responsabilidad y eficacia en la gestión federativa, que puede ayudar a alcanzar una mayor integración de la organización federativa en la sociedad y, en particular, sobre la gestión de los fondos públicos que se les concedan.
Se valoró modificar el Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas, sin embargo dado el alcance de los cambios a introducir y la finalidad de la Ley 5/2016, de 19 de julio, resulta mas aconsejable, para mayor seguridad jurídica, acometer la elaboración de un nuevo decreto que incorpore y desarrolle los nuevos aspectos.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento través del siguiente correo electrónico: participacion.sgd.ctd@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.