Proyecto de bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para entidades locales de Andalucía

Información general

Antecedentes de la norma

El artículo 43.3 de la Constitución española establece un mandato dirigido a todos los poderes públicos, de fomento de la educación física y el deporte como principio rector de la política social y económica. En este sentido el artículo 72.1 de su Estatuto de Autonomía aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deporte y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas.

La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, tiene como objeto “establecer el marco jurídico regulador del deporte en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía”. Su artículo 2, sobre el Derecho al deporte, establece el derecho que tienen todas las personas físicas, en el ámbito territorial de Andalucía, a la práctica del Deporte de forma libre y voluntaria. Dentro de los principios rectores que regulan esta norma encontramos “la planificación, promoción y fomento de una red de instalaciones y equipamientos deportivos suficiente, racionalmente distribuida, y acorde con los principios de sostenibilidad social, económica y ambiental y de movilidad”. Por otra parte, el artículo 11, establece como competencia de la Junta de Andalucía, entre otras, “la planificación, ordenación, coordinación y fomento de la construcción de las instalaciones deportivas, garantizando el equilibrio territorial”. Posteriormente, el artículo 12 del mismo texto normativo, atribuye a las entidades locales, como competencias propias en materia de deporte las reguladas en el artículo 9.18 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.

Concretamente, la Ley 5/2010, de 11 de junio, establece como competencias propias de los municipios andaluces para la promoción del deporte y gestión de equipamientos deportivos de uso público, entre otras, “la construcción, gestión y el mantenimiento de las instalaciones y equipamientos deportivos de titularidad propia “.

Durante el ejercicio 2016 esta materia ha encontrado regulación en la Orden de 21 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al fomento de infraestructuras y equipamientos deportivos para las Entidades Locales de Andalucía (IED), y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2016.

Por otro lado, el artículo 6 del Decreto 212/2015, de 14 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte atribuye a la persona titular de la Secretaría General para el Deporte “el  impulso, fomento, colaboración, coordinación y seguimiento de la ejecución de instalaciones y equipamientos deportivos de titularidad de otras Administraciones Públicas, federaciones o entidades de Andalucía”. 

Problemas que se pretenden solucionar

Con la aprobación de la presente orden lo que se pretende es colaborar con las entidades locales para hacer frente al esfuerzo económico que supone el mantenimiento de las instalaciones deportivas, para garantizar el derecho, en el ámbito territorial de Andalucía, a la práctica del Deporte de forma libre y voluntaria.

El artículo 78 de la referida Ley del Deporte, prevé que la Administración de la Junta de Andalucía  fomentará el deporte, mediante un régimen de ayudas públicas dentro de las disponibilidades presupuestarias. Igualmente, prevé que la Consejería competente en materia de Deporte, podrá aprobar convocatorias de ayudas públicas con otras administraciones o entes públicos o privados para la construcción, reforma, mejora y equipamiento de instalaciones deportivas, de acuerdo con las previsiones del Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de Andalucía.

En el año 2016 este régimen de ayudas publicas se reguló por la Orden de 21 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al fomento de infraestructuras y equipamientos deportivos para las Entidades Locales de Andalucía (IED), y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2016. Sin embargo, durante la tramitación de la misma se ha valorado la necesidad y oportunidad de revisar dicha norma y desarrollar una nueva regulación, evitando cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizando la gestión de los recursos públicos, en aplicación del principio de eficiencia.  

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El objetivo debe ser conseguir el acceso de la ciudadanía a la práctica deportiva, garantizando un mínimo de instalaciones deportivas de la Red básica en el territorio andaluz, así como apostando por el mantenimiento, reforma, mejora y viabilidad de las instalaciones deportivas existentes, a fin de poner en valor y rentabilizar el esfuerzo económico tanto de la Administración local como autonómica que durante ejercicios económicos anteriores han colaborado fomentando la construcción de aquellas infraestructuras deportivas que  hoy día se pretenden reformar o mejorar, optimizando los recursos económicos disponibles.

En cuanto a la disponibilidad presupuestaria, se considera que se dispone de los recursos suficientes tanto por la cantidad prevista a invertir como por los fines que persigue esta norma.

El Programa presupuestario 46 A “Infraestructuras y Equipamientos Deportivos”, cuya ejecución corresponde a la Secretaría General para el Deporte, prevé, mediante la ejecución de los créditos disponibles en el ejercicio 2017 y anualidades futuras que se comprometan, fomentar la reforma o mejora de aquellas instalaciones deportivas más demandadas para la práctica deportiva de la población, garantizando el acceso de la ciudadanía a la práctica deportiva, persiguiendo la viabilidad y mantenimiento de las instalaciones en su destino deportivo, mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las Entidades Locales andaluzas.

Objetivos de la norma
  •  Regular una subvención para fomentar las infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía, mediante la reforma y mejora de las instalaciones deportivas ya existentes.
  • Revisión y actualización de los criterios de valoración respecto a la orden anterior.
  • Concreción de la documentación justificativa a aportar por las Entidades beneficiarias con el objetivo de racionalizar la gestión de los recursos públicos.
Posibles soluciones alternativas

Se considera procedente crear unas Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a los municipios que ostenten la declaración de “Municipio Turístico de Andalucía” con la finalidad de promover el fomento de las infraestructuras deportivas para la Entidades Locales de Andalucía. No se plantean soluciones no regulatorias. La relevancia e incidencia en la promoción del Deporte Andaluz justifica su regulación, optando por un sistema objetivo y universal de participación, en el que todos aquellos entes que cumplan con los requisitos contenidos en su normativa puedan participar.  

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico: participacion2.sgd.ctd@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

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Fecha de publicación
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Organismo
Cultura y Deporte
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