Proyecto de Reglamento referido a la modificación del Reglamento General de la Admisión de Personas en los establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, aprobado por el Decreto 10/2003, de 28 de enero
Información general
- Estatuto de Autonomía para Andalucía, cuyo artículo 72.2 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de espectáculos y actividades recreativas.
- Ley 13/1999, de 15 de diciembre de Espectáculos Publicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
- Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
- La intervención administrativa en la regulación de las condiciones específicas de admisión de personas a los establecimientos públicos y de reventa de entradas y localidades debe adaptarse al actual marco normativo.
- El acceso y permanencia en los establecimientos públicos que desarrollan espectáculos públicos y actividades recreativas destinadas a menores de 3 años de edad requiere ser precisado.
- Los menores de 16 años tienen dificultades para acceder a ciertas actividades culturales, por existir restricciones en el acceso a determinados establecimientos públicos que no estarían justificadas en la actualidad.
El Decreto debe adaptarse a la normativa dictada con posterioridad a su publicación, en particular para reducir las trabas administrativas a las empresas. Asimismo es necesario dar cumplimiento a la Proposición no de ley 0-15/PNLP-000054, en defensa de la cultura y la música en Andalucía, aprobada por el Pleno del Parlamento el día 25 de febrero de 2016, mediante la cual se insta al Consejo de Gobierno a modificar el Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, para mejorar el acceso de los menores de 16 años a actividades culturales.
- Simplificar la intervención administrativa en la regulación de las condiciones específicas de admisión de personas a los establecimientos públicos y de reventa de entradas y localidades.
- Clarificar el marco de acceso y permanencia en los establecimientos públicos que desarrollan espectáculos públicos y actividades recreativas destinadas a menores de 3 años de edad.
- Posibilitar que los menores de 16 años puedan acceder a actividades culturales que en la actualidad tienen vetadas en ciertos establecimientos públicos.
En el presente proyecto normativo no se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:participa.cji@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.