Proyecto de Decreto por el que se prevé aprobar un regimen juridico especifico y bases reguladoras sobre la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario
Información general
- Artículo 60.1 a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece la competencia exclusiva en materia de régimen local, sin perjuicio de lo establecido en el art. 1489.1.18º de la Constitución y el principio de autonomía local
- Artículo 63.1.1º del Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce competencias ejecutivas en materia de empleo y el art. 45.1 establece que, en las materias de su competencia, corrresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
- Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.
- Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación, al Programa de fomento de Empleo Agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.
Convertirse en la norma principal de las que configuran el régimen jurídico de las subvenciones afectadas al PFEA en aplicación del artículo 113.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, modificado por la Disposición Final Primera.Diecisiete de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016. Posibilitar la creación de un nuevo marco jurídico autonómico, que permita una coordinación, flexibilización y adaptación automática del Programa a la normativa estatal y a sus actos de desarrollo. Posibilitar la adecuación de la normativa a las demandas reales de la ejecución del PFEA.
En los años de la puesta en marcha del PFEA las diferentes administraciones implicadas, entre ellas, las Diputaciones Provinciales han manifestado la necesidad de actualizar el procedimiento, especialmente, en la tramitación de las subvenciones, ejecución y justificación. La modificación del artículo 113.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía posibilita la revisión y creación de un marco jurídico nuevo. Al mismo tiempo la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía requiere la adaptación de la normativa a la realidad del Programa.
Disponer de una norma estable que configure el régimen jurídico de las subvenciones afectadas al PFEA de manera más adecuada a las modificaciones del marco jurídico actual.
En el presente proyecto normativo no se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo: dg.administracionlocal.cpal@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.