Proyecto de Decreto de Ordenación de la Producción Ecológica
Información general
Decreto 166/2003, de 17 de junio, sobre la producción agroalimentaria ecológica en Andalucía.
Orden de 26 de septiembre de 2000, por la que se aprueba el Reglamento sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios y el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica.
Resolución de 8 de febrero de 2012, de la Secretaría General del Medio Rural y la Producción Ecológica, por la que se regulan determinadas exenciones relativas al sometimiento al régimen de control a los comerciantes minoristas de Andalucía que venden productos ecológicos directamente al consumidor o usuario final, conforme al Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007
La evolución que sufrió la producción ecológica en el conjunto de la Unión Europea en sus inicios, implicó un considerable número de modificaciones del Reglamento(CEE) núm. 2092/91 del Consejo, de 24 de junio de 1991, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios, adquiriendo éste una gran complejidad.
Como consecuencia, se produjo una revisión del marco regulatorio, que culminó con la publicación del Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre la producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 2092/91.
Posteriormente, de forma complementaria, se desarrollaron sendos reglamentos de aplicación. Por un lado, el Reglamento (CE) núm. 889/2008 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control.
Por otro, el Reglamento (CE) núm. 1235/2008 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países.
El nuevo sistema de control quedó reforzado con la publicación de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.
Dichos reglamentos así como la Ley de Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía, establecen un marco normativo general sobre producción ecológica que debe ser adaptado a las circunstancias locales de Andalucía.
El III Plan Andaluz de Producción Ecológica, recoge la necesidad y oportunidad de adecuar la normativa a la situación actual del sector, debiéndose regular la producción ecológica andaluza, sus controles, el fomento y órganos colegiados consultivos y de participación.
Regular en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Andalucía:
- La producción, la preparación y distribución de los productos ecológicos y sus controles y el uso de indicaciones en el etiquetado y la publicidad que hagan referencia a la producción ecológica.
- Desarrollar las funciones de la autoridad competente en Andalucía en materia de producción ecológica.
- El marco de funcionamiento del Consejo Andaluz de Producción Ecológica y las Mesas Provinciales de la Producción Ecológica.
- La organización del régimen de control de la producción ecológica, incluyendo su régimen sancionador.
- La organización de la información de quienes operan en la producción ecológica.
- El fomento de los productos ecológicos.
No se plantean soluciones alternativas.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento, durante el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico: sga.capder@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.