Decreto por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Suavizantes y Plastificantes Bituminosos, S.L. (SPB), en Huévar del Aljarafe (Sevilla) y Oil Distribution Terminals, S.L. en Málaga
Información general
- Artículo 66.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía que atribuye a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de protección civil que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la dirección y coordinación de los servicios de protección civil.
- Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
- Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, que aprueba la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas, que establece el modelo al que se ha adaptado la estructura organizativa de estos planes de emergencia.
- Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, que en su artículo 13 define los planes especiales y dispone que serán elaborados por la Consejería competente en materia de protección civil y aprobados por el Consejo de Gobierno.
Se trata de prevenir posibles eventualidades ante casos de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas de determinados establecimientos.
La necesidad de la promulgación de este Decreto deriva de lo dispuesto en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en cuyo artículo 13.1 establece que, para los establecimientos de nivel superior definidos en el artículo 3.6, los órganos competentes en materia de protección civil de las Comunidades Autónomas elaborarán, con la colaboración de los industriales, un plan de emergencia exterior para prevenir y, en su caso mitigar, las consecuencias de los posibles accidentes graves previamente analizados, clasificados y evaluados, en el que se establezcan las medidas de protección más idóneas, los recursos humanos y materiales necesarios y el esquema de coordinación de las autoridades, órganos y servicios llamados a intervenir.
El establecimiento de un marco organizativo y funcional, con la participación de las distintas Administraciones Públicas, para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas de determinados establecimientos.
En el presente proyecto normativo no se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.
La ciudadanía, los municipios afectados, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:participa.cji@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.