Consulta pública previa sobre el proyecto de orden por la que se se determina el número de guardias que corresponde realizar a los Colegios de Abogados de Andalucía para el ejercicio 2018, así como los baremos a aplicar para la compensación económica de dichos servicios

Información general

Problemas que se pretenden solucionar

Determinar el número de guardias a realizar por los colegios de abogados para el ejercicio 2018, con objeto de que al inicio del mismo, éstos puedan estar organizados para la prestación de dichos servicios.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Atendiendo a lo establecido en el artículo 36,4 y 46 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, cada año resulta necesario la tramitación de la Orden que determine las guardias a realizar en el siguiente ejercicio por cada Colegio de Abogados de Andalucía con arreglo a los criterios generales establecidos. El eje fundamental del sistema de las guardias a efectuar por los Colegios de Abogados de Andalucía radica en la necesidad de establecer un sistema flexible que permita a estas Corporaciones organizar el servicio en función de la imprevisibilidad de su demanda. Al asignarse un número total de guardias al año, se permite a cada Colegio de Abogados determinar cada día el número de letrados que efectivamente se designa para satisfacer la demanda en cada momento, habilitándose incluso a los Colegios de Abogados para fraccionar dichas guardias, en mitades o cuartos, atendiendo a las peculiaridades geográficas y organizativas de los partidos judiciales, así como a la especialidad de la prestación de dichos servicios por cada asistencia prestada por el profesional a la persona imputada, detenida o presa durante su guardia, todo ello con el fin de evitar que se produzcan guardias sin asistencia.

Objetivos de la norma
  • Determinar el número de guardias a realizar en el ejercicio 2018, asignando un número total de guardias al año, se permite a cada Colegio de Abogados determinar cada día el número de letrados que efectivamente se designa para satisfacer la demanda en cada momento.
  • Establecer un sistema flexible para prestación de los servicios del turno de guardia, cuya demanda no sigue un patrón uniforme en el tiempo.
  • Establecer baremos a aplicar para la compensación económica de dichos servicios conforme a la legalidad vigente.
Posibles soluciones alternativas

No se contempla otra solución alternativa.

Envío de aportaciones

Pueden participar en esta consulta todas las personas y las organizaciones mas representativas potencialmente afectadas por la futura norma.

Las aportaciones pueden realizarse durante 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio (27/07/2017), a través de la siguiente cuenta de correo: participa.cji@juntadeandalucia.es  

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Justicia, Administración Local y Función Pública
Índice