Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva en materia de deporte, para el fomento del deporte en edad escolar y para personas con discapacidad, en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (FCD)

Información general

Antecedentes de la norma

La actual Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, regula las federaciones deportivas en su Título IV, Capítulo IV. En el mismo, el artículo 57 las define como entidades privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar en cumplimiento de sus fines, que son la práctica, desarrollo y promoción de las modalidades deportivas propias de cada una de ellas.

El Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas, regula las federaciones deportivas andaluzas en el Título IV. Mediante Orden de 17 de mayo de 2011, se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia competitva, en las líneas de Fomento del Deporte en Edad Escolar (FDE) y Fomento de Clubes Deportivos (FCD).

Problemas que se pretenden solucionar

En atención a la naturaleza de las entidades a las que se dirigen y a lo dispuesto en el artículo 78 de la actual Ley del Deporte de Andalucía, que prevé que la Administración de la Junta de Andalucía fomentará el deporte, mediante un régimen de ayudas públicas dentro de las disponibilidades presupuestarias, se estima necesario la elaboración de unas Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones a los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía.

La experiencia acumulada durante este tiempo y los cambios normativos producidos, entre otros, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública, la aprobación de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno, la nueva Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte andaluz, la modificación de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, las nuevas Leyes 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público, aconsejan actualizar y mejorar las Bases Reguladoras, aprobadas mediante Orden de 17 de mayo de 2011, adaptarla a las Bases Tipo, reguladas mediante Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y a la nueva realidad económica y deportiva, optimizando los recursos públicos.

El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El artículo 55.1 de dicho Reglamento señala que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva

La modalidad de concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva proporcionará un sistema objetivo y transparente de distribución de la cuantía total máxima destinada en la convocatoria para cada línea de subvención, entre las entidades beneficiarias, mediante el establecimiento de unos criterios de valoración objetivos.

Dentro de los criterios de valoración fijados en el borrador de Bases Reguladoras se han incorporado algunos de los criterios enumerados en el artículo 15.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. No obstante, no se ha considerado conveniente la inclusión de determinados criterios del citado artículo al no tener influencia en la valoración total de las solicitudes, a la vista de la naturaleza jurídica de las entidades y de la finalidad de las subvenciones.

Por otro lado se pretende incluir entre los criterios de valoración la perspectiva de género y la perspectiva de discapacidad en las actividades objeto de la subvención.

La subvención irá dirigida a fomentar la organización de escuelas deportivas de clubes y a la participación en competiciones oficiales federadas dirigidas ambas actuaciones a la edad escolar, entre 6 y 18 años.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

En atención a la naturaleza de las entidades a las que se dirigen y a lo dispuesto en el artículo 78 de la actual Ley del Deporte de Andalucía, que prevé que la Administración de la Junta de Andalucía fomentará el deporte, mediante un régimen de ayudas públicas dentro de las disponibilidades presupuestarias, se estima necesario la elaboración de unas Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones a los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía.

La experiencia acumulada durante este tiempo y los cambios normativos producidos, entre otros, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública, la aprobación de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno, la nueva Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte andaluz, la modificación de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, las nuevas Leyes 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público, aconsejan actualizar y mejorar las Bases Reguladoras, aprobadas mediante Orden de 17 de mayo de 2011, adaptarla a las Bases Tipo, reguladas mediante Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y a la nueva realidad económica y deportiva, optimizando los recursos públicos.

El artículo 55.1 del Real Decreto 887/2016, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, señala que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva.

La modalidad de concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva proporcionará un sistema objetivo y transparente de distribución de la cuantía total máxima destinada en la convocatoria para cada línea de subvención, entre las entidades beneficiarias, mediante el establecimiento de unos criterios de valoración objetivos.

Dentro de los criterios de valoración fijados en el borrador de Bases Reguladoras se han incorporado algunos de los criterios enumerados en el artículo 15.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. No obstante, no se ha considerado conveniente la inclusión de determinados criterios del citado artículo al no tener influencia en la valoración total de las solicitudes, a la vista de la naturaleza jurídica de las entidades y de la finalidad de las subvenciones.

Por otro lado se pretende incluir entre los criterios de valoración la perspectiva de género y la perspectiva de discapacidad en las actividades objeto de la subvención.

La subvención irá dirigida a fomentar la organización de escuelas deportivas de clubes y a la participación en competiciones oficiales federadas dirigidas ambas actuaciones a la edad escolar, entre 6 y 18 años.

Objetivos de la norma

La Dirección General de Actividades y Promoción del Deporte, como órgano responsable de la ejecución del programa presupuestario 46 B, tiene definidos como objetivos:

  • Consolidar el tejido asociativo deportivo.
  • Fomentar el deporte de rendimiento de Andalucía.
  • Gestionar los centros deportivos dependientes de la Dirección General de Actividades Deportivas.
  • Incluir la perspectiva de género en la elaboración de bases reguladoras de subvenciones en el ámbito deportivo.

Así pues, los objetivos de la norma proyectada son:

  • Adaptación de las bases reguladoras a las bases tipo (Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva)y a la nueva realidad económica y deportiva .
  • Revisión y actualización de los criterios de valoración incluyendo la perspectiva de género y de la perspectiva de la discapacidad en las actividades objeto de la subvención.
Posibles soluciones alternativas

Aunque no se plantean, como alternativas, soluciones no regulatorias, una posible solución alternativa regulatoria, es mantener el modelo de subvención en régimen de concurrencia no competitiva.

Envío de aportaciones

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento través del siguiente correo:

participacion.dgapd-sgd.ctd@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

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Cultura y Deporte
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