Anteproyecto de la Ley de Subvenciones de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

- Artículos 45 y 58.2.1º del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

La carencia en el ordenamiento jurídico autonómico de una norma jurídica con rango de ley dedicada específica y exclusivamente a las subvenciones establecidas y/o concedidas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Una de las partidas más cuantiosas de gasto por parte de las Administraciones Públicas de este país, y que cuenta aún con más importancia en el subsector de las Administraciones autonómicas y locales donde no compite con otros gastos relevantes como el de pensiones o desempleo, es el gasto subvencional.

Sin embargo en la Comunidad Autónoma de Andalucía tal preeminencia de las subvenciones, en cuanto a los recursos presupuestarios empleados, no se corresponde con un tratamiento equivalente y adecuado en cuanto a la regulación jurídica de este instrumento administrativo que, para advertir su verdadera dimensión, cuenta con una realidad claramente bifronte: como gasto público presupuestario, por un lado, y como actividad administrativa de fomento, por otro.

Objetivos de la norma

Los objetivos generales de esta norma son los siguientes:

a) Proporcionar mayor seguridad jurídica a los operadores públicos y privados de las subvenciones, ordenando e integrando en un solo texto jurídico de rango legal el régimen legal de las subvenciones que conceda la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias

b) Incrementar la eficacia y eficiencia del gasto subvencional.

c) Aumentar la transparencia en esta actividad administrativa y de gasto público.

d) Dar las respuestas más adecuadas a los problemas tradicionales en la gestión de este importante instrumento de fomento.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado soluciones regulatorias distintas. Tampoco se han contemplado soluciones no regulatorias.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, las organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:

consultapublica.leysubvenciones.chap@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
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