Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad o con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Información general

Antecedentes de la norma

La Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía tiene por objeto garantizar el derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna y adecuada, del que son titulares las personas físicas con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableciendo que la gestión de recursos económicos de la Administración de la Junta de Andalucía, incluida la gestión de ayudas estatales, dará preferencia, en el marco establecido en los planes de vivienda, a los grupos de especial protección con menor indice de renta.

El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Viviendas 2018-2021, define en su capítulo III el programa de ayuda al alquiler de vivienda, y en su capitulo IX el programa de ayudas a los jóvenes, incluyendo ayudas específicas para el alquiler. El citado Plan establece en su artículo 5 que corresponde a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Plan, así como la gestión del abono de las subvenciones, pudiendo además establecer requisitos adicionales y criterios de preferencia en la selección de las personas solicitantes, siempre que no incrementen los límites de ingresos máximos para acceder a la subvención ni las cuantías máximas de la ayuda prevista en este programa.

Por su parte, el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, contempla en su artículo 42 el programa de ayudas a personas inquilinas con ingresos no superiores a 2,5 IPREM, previendo el establecimiento de tramos de ingresos máximos en función de las circunstancias de la unidad de convivencia. Este programa regula ayudas de hasta el 40 por ciento de la renta de alquiler, importe que podrá incrementarse en caso de pertenencia a alguno de los grupos de especial protección definidos en el artículo 5 del citado Decreto.

La proyectada Orden aprobará las bases reguladoras de estas ayudas, contempladas como se ha dicho tanto en el plan estatal como en el andaluz, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad o con ingresos limitados y a jóvenes.

Problemas que se pretenden solucionar

Las ayudas de cuyas bases reguladoras se trata tienen por objeto contribuir al pago del alquiler de personas en situación de especial vulnerabilidad o con ingresos limitados y a jóvenes. Se concederán mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva para poder abonar las ayudas en el menor tiempo posible y atender la consecución de un derecho fundamental como es la vivienda. Por otro lado, en base al resultado de anteriores convocatorias, es previsible que pueda atenderse a la totalidad de solicitudes presentadas que cumplan los requisitos exigidos.

Se opta por aprobar unas Bases Reguladoras específicas y no las Bases Tipo, por resultar más comprensibles para las personas destinatarias de la ayuda. La experiencia de las convocatorias anteriores ha puesto de manifiesto la dificultad que han tenido las personas interesadas en la cumplimentación de formularios y en facilitar a la administración competente los datos requeridos con la adecuada precisión, lo que aconseja obtener la información fundamental del solicitante, tanto documental como a través de otras plataformas de la administración, a la iniciación del procedimiento, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a fin de que sea verificada en desde un primer momento.

Estas ayudas recogerán tanto los incrementos a jóvenes y mayores previstos en el plan estatal como, al igual que en convocatorias anteriores, el incremento con fondos autonómicos de hasta el 80% a personas en situación de especial vulnerabilidad; señalándose que en torno al 65 por ciento de las solicitudes que resultaron beneficiarias en anteriores convocatorias, han tenido ingresos anuales inferiores a 1 vez IPREM.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se considera necesario dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación, en cuanto que la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

En aplicación de estos principios, en especial los de concurrencia y objetividad, el artículo 9.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, dispone que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión.

Objetivos de la norma

Establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al alquiler previstas en el Plan Estatal de Viviendas 2018-2021 y en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras soluciones.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, así como todas aquellas entidades u organizaciones interesadas pueden enviar sus aportaciones y sugerencias sobre esta norma, a través de esta dirección de correo electrónico:

consultaprevia.vivienda@juntadeandalucia.es

El plazo será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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