Proyecto de Orden por la que se regula el Programa "Carné Joven Europeo" en Andalucía.
Información general
El Protocolo Internacional de «Carné Joven», suscrito en Lisboa el 1 de junio de 1987, y del que España forma parte, y las posteriores modificaciones y actualizaciones registradas respectivamente en el año 2004 durante la Asamblea General de Bratislava y posteriormente vuelto a modificar en 2012, en la Asamblea General celebrada en Yaroslavl (Rusia), es el instrumento jurídico por el que se crea el «Carné Joven Europeo» en un intento de extender al ámbito internacional las ventajas relacionadas con los «Carnés Joven» nacionales de los países miembros, estableciendo una serie de disposiciones armonizadoras en la materia, de obligado cumplimiento para los países adheridos al mismo.
La regulación actual del Carné Joven en nuestra Comunidad Autónoma está determinada por la Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 19 de febrero de 2008, por la que se regula el Programa de Carné Joven en Andalucía (BOJA nº42, de 29 de febrero de 2008) http://www.juntadeandalucia.es/boja/2008/42/d4.pdf
Se pretende regular el desarrollo del Programa Carné Joven Europeo en Andalucía, y con ello:
- actualizar y precisar las definiciones de su objeto, sujetos, ámbitos material y territorial, vigencia y precio, así como lo relativo a la difusión y promoción del Programa.
- definir de una forma clara y actual la regulación de las entidades de distinto tipo que colaboran con el Programa.
- mejorar y ampliar la calidad de las ofertas, promociones y descuentos, la mayor implicación y conexión con el Programa por parte de las Entidades Adheridas, la mejor promoción de dichas Entidades, en función de la calidad y cantidad de sus ofertas, un mejor apoyo a las Entidades Gestoras, así como un aumento y refuerzo de su vinculación al Programa y su papel en el circuito de promoción y gestión del mismo.
- en esta misma línea de refuerzo de la red de agentes del Carné Joven en Andalucía, se contempla la posibilidad de firmar convenios específicos con Entidades que puedan ejercer como Patrocinadoras del Programa.
Resulta conveniente el establecimiento de unas nuevas bases reguladoras para adaptar la normativa de regulación a la situación actual, así como concretar y puntualizar aquellas cuestiones que con el paso del tiempo han quedado desfasadas. Por ello, se promueve la aprobación de una nueva regulación para dar cabida tanto a los preceptos que deben permanecer vigentes de la Orden anterior, como aquellas nuevas situaciones que se han ido detectando con la experiencia diaria y requieren ser debidamente reflejadas en una norma que las contemple en su totalidad.
Estimular la participación juvenil, facilitar la movilidad de la juventud, incentivar su capacidad adquisitiva, los hábitos de consumo responsable y saludable, ofrecer formación e información asequible y, en general, promocionar el acceso de la población joven a una serie de líneas de productos financieros, tecnológicos, de movilidad, servicios y de cualquier otra índole, con un tratamiento preferente que faciliten, en condiciones ventajosas, la satisfacción de las necesidades propias del sector juvenil y fomentar su integración en las prácticas habituales relativas a medios de pago, tecnologías, transportes y ocio que facilitarán su posterior desarrollo personal y profesional. En este sentido se incluye la promoción de servicios y programas de las propias administraciones públicas, especialmente dedicados o con condiciones ventajosas para las personas titulares del Carné Joven Europeo.
En conclusión, la regulación que se pretende aprobar tiene como finalidad regular los distintos aspectos necesarios para promover el acceso de la juventud a un conjunto de bienes y servicios públicos y privados, en condiciones ventajosas.
No se contemplan soluciones alternativas.
consultapublicaprevia.iaj@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.