Consulta pública previa sobre el proyecto de Orden por la que se modifica el número de guardias aprobadas para 2018 en la Orden de 29 de marzo de 2018 por la que se determina las guardias que corresponde realizar a los colegios de abogados de Andalucía para el ejercicio 2018, así como el baremo a aplicar para la compensación económica de dichos servicios
Información general
Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, modificada por la Ley 42/2015 de 5 octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.
Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 36.4.
Desde la aprobación de la Orden que determinó el número de guardias a realizar por los Colegios de Abogados durante 2018, se han puesto de manifiesto un aumento significativo de entradas de inmigrantes de forma irregular, habiéndose llegado en junio de este año al mismo número de entradas que en todo el año natural 2017. Estos hechos sobrevenidos han puesto de manifiesto la necesidad de incrementar las guardias para atender los servicios que se demandan por la ciudadanía durante el ejercicio 2018.
Atendiendo a lo establecido en el artículo 36.4 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, cada año resulta necesario la tramitación de la Orden que determine las guardias a realizar en el siguiente ejercicio por cada Colegio de Abogados de Andalucía con arreglo a los criterios generales establecidos.
El eje fundamental del sistema de las guardias a efectuar por los Colegios de Abogados de Andalucía radica en la necesidad de establecer un sistema flexible que permita a estas Corporaciones organizar el servicio en función de la imprevisibilidad de su demanda. Es por este motivo por lo que en el seno de la Comisión Mixta entre la Administración de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de abogados, se acordó que a la vista de la evolución de las variables que determinan el número de guardias a realizar, se podrían revisar los aspectos aprobados en la Orden de 19 de marzo de 2018.
A la vista de los hechos expuestos en el apartado anterior, con objeto de poder aprobar el incremento necesario de guardias para su aplicación en el ejercicio 2018, se estima oportuno el inicio de la tramitación de una nueva orden para la modificación de la Orden vigente.
- Incrementar el número de guardias aprobada en el ejercicio 2018, para dar cobertura a la demanda real de estos servicios del turno de guardias.
No se contempla otra solución alternativa.
Pueden participar en esta consulta todos los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Esta participación se realizará a través de la siguiente cuenta de correo: participa.cji@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.