Proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva

Información general

Antecedentes de la norma

1. Legislación estatal de carácter básico con incidencia:

  • a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • b) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2996, de 21 de julio.
  • c) Ley 39/2005, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • d) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

2. Normativa andaluza actualmente vigente relacionada con la materia:

a) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de mazo. Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

b) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente.

c) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

d) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

e) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

f) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

g) Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Problemas que se pretenden solucionar

La norma actualmente vigente es la Orden de 5 de octubre, de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por tanto de fecha anterior a la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de las modificaciones de carácter básico que se han producido en la Ley General de Subvenciones, además de en la normativa andaluza en la materia.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El proyecto se fundamenta en el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones en la Administración de la Junta de Andalucía.

Objetivos de la norma

El objetivo de la norma es la aprobación de unas nuevas bases reguladoras tipo y formularios tipo que vengan a sustituir a las actualmente vigentes atendiendo a la nueva regulación en la materia.

Posibles soluciones alternativas

Desde la aprobación de las primeras bases reguladoras tipo que fueron aprobadas el 30 de agosto de 2010, posteriormente sustituidas por las actualmente vigentes, se ha demostrado que constituyen un importante elemento de simplificación, pues cuando las Consejerías las utilicen en sus proyectos de bases reguladoras y se ajusten a ellas, sin exigir que junto a la solicitud de subvención las personas interesadas aporten ningún otro documento, no será necesario solicitar ni el informe de la "Dirección General competente en materia de procedimiento", ni el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. Han sido numerosas las bases reguladoras de subvenciones aprobadas desde esa primera fecha de 2010, por lo que se considera que este importante instrumento de simplificación debe ser mantenido en el ordenamiento jurídico de Andalucía.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días naturales, contados desde el día siguiente de su publicación, a la Secretaría General para la Administración Pública a través del siguiente buzón de correo electrónico: informes.sosa.chap@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
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