Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 165/2018, de 18 de septiembre, por el que se regulan las condiciones sanitarias de la carne de caza en Andalucía con destino a consumo humano.
Información general
Decreto 165/2018, de 18 de septiembre, por el que se regulan las condiciones sanitarias de la carne de caza en Andalucía con destino a consumo humano.
Tras un periodo hábil de caza mayor de aplicación del Decreto 165/2018, de 18 de septiembre, por el que se regulan las condiciones sanitarias de la carne de caza en Andalucía con destino a consumo humano, se han detectado determinados aspectos que requieren bien de su corrección por tratarse de meros errores materiales o bien de su modificación para adaptar la norma a la realidad de la caza en Andalucía o aclarar determinados aspectos no suficientemente claros en la redacción aprobada.
Se pretende incluir la figura de los centros de recogida de caza, figura habitual en la gestión de la caza en España y Europa, lo que conlleva a la modificación de diversos apartados del texto vigente.
Se pretende simplificar aspectos relativos a la formación de las personas veterinarias autorizadas.
Se pretende aclarar la gestión de la información que deben llevar a cabo las personas veterinarias autorizadas.
Se pretende aclarar determinadas actuaciones concretas relativas a los análisis de la presencia de triquinas en la carne de cerdo doméstico sacrificado para consumo familiar.
Si bien la evaluación de la aplicación del Decreto 165/2018, de 18 de septiembre, en su primer periodo hábil de caza mayor ha sido satisfactorio, sí que se han detectado determinados aspectos que requieren de su ajuste para un mejor acoplamiento de la normativa sanitaria y sus requisitos a la realidad de la caza y del mercado de las piezas de caza tanto en Andalucía como a nivel nacional y europeo.
Es oportuno aprovechar el tiempo entre periodos hábiles de caza mayor para modificar esta regulación y mejorar así los efectos del Decreto 165/2018, de 18 de septiembre, para la siguiente temporada de caza.
Asimismo, es necesario introducir una precisión en lo relativo a los análisis de triquina en los cerdos sacrificados para consumo familiar.
Los objetivos de la norma que se pretende tramitar son los siguientes: incluir la figura de los centros de recogida de caza, simplificar aspectos relativos a la formación de las personas veterinarias autorizadas, corregir erratas detectadas y modificar los anexos.
No se plantean soluciones alternativas, resultando imprescindible la modificación de la regulación vigente.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
consultas.previas.csafa@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.