Proyecto de Decreto por el que se regula el Plan Vive en Andalucía 2020-2030

Información general

Antecedentes de la norma

El Estatuto de Autonomía para Andalucía configura la promoción del acceso a la vivienda protegida de los colectivos necesitados como uno de sus principios rectores, determinando la competencia exclusiva de nuestra Comunidad Autónoma en materia de vivienda, que incluye la planificación y el establecimiento de prioridades y objetivos de la actividad de fomento de las Administraciones Públicas de Andalucía en esta materia y la adopción de las medidas necesarias para su alcance.

En ejecución del mandato estatutario, la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, contiene el conjunto de facultades y deberes que integran este derecho, así como las actuaciones que para hacerlo efectivo corresponden a las administraciones públicas andaluzas, ordenándoles contribuir a hacer efectivo el derecho a la vivienda mediante el ejercicio de sus competencias y la cooperación y coordinación con los entes locales. Dispone también que se recojan en los planes de vivienda y suelo las modalidades de ayudas para la vivienda protegida que se consideren necesarias, y otras medidas orientadas a favorecer el acceso a la vivienda libre y la mejora del parque residencial.

Dicha Ley establece que la administración autonómica elaborará sus correspondientes planes, como instrumentos encargados de concretar las políticas de vivienda y suelo de la Comunidad Autónoma, para el período de vigencia al que se refiera.

El Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, vigente en la actualidad, se regulópor el Decreto 141/2016, de 2 de agosto. A su amparo se han realizado actuaciones que se han revelado insuficientes para alcanzar los objetivos de garantizar el acceso a la vivienda a quienes solicitan protección para el alquiler o la compra de una vivienda a precio asequible. Parte de los programas previstos en el Plan se han reglamentado y puesto en marcha, pero otros no se han iniciado.Asimismo, los años de vigencia transcurridos han puesto de manifiesto que algunos programas, cuya existencia sigue siendo necesaria, no han funcionado correctamente debido a la complejidad de sus trámites, siendo preciso un nuevo diseño que agilice los procedimientos para lograr que las ayudas cumplan la finalidad para la que fueron reguladas.

El expresado Plan nacía al amparo del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. En una situación de salida de la crisis y de descenso de la vivienda protegida, no contempla objetivos de construcción de nuevas viviendas, sino que está centrado en las ayudas al alquiler y en la rehabilitación, dejando de lado las actuaciones de fomento para la promoción de vivienda en venta y en alquiler con opción a compra que, sin embargo, pueden ser aconsejables en el marco económico actual.

El incremento de los precios de la vivienda en venta y en alquiler que se está produciendo en los últimos dos años, especialmente en las grandes ciudades, unido a la reactivación del mercado de la vivienda libre, hacen necesario volver a promover viviendas a precio asequible, para dar respuesta a los jóvenes y, en general, a quienes acceden a su primera vivienda.

Problemas que se pretenden solucionar

Se pretende con el nuevo Plan autonómico de vivienda favorecer el derecho a una vivienda digna de la población andaluza, a través de la implantación de nuevos programas que satisfagan las demandas actuales y el desarrollo en nuestra Comunidad Autónoma de los programas regulados en el vigente Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La implantación de los expresados nuevos programas y la modificación en la forma de tramitación de actuaciones ya contempladas en el Plan vigente que siguen siendo necesarias, pero cuya regulación se ha demostrado insuficiente para dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía, hacen necesario abordar la redacción y aprobación de un nuevo Plan que concrete las políticas en materia de vivienda del Gobierno andaluz. Por otra parte, hay que tener en cuenta que el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 finaliza su vigencia el próximo año. En base a lo expuesto, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 14 de mayo de 2019 se aprobó la formulación del Plan Vive en Andalucía 2020-2030.

Objetivos de la norma

El mencionado Plan Vive en Andalucía 2020-2030 tendrá como objetivos definir la política de vivienda para el periodo de su vigencia y garantizar el derecho real y efectivo a una vivienda digna a las familias necesitadas, dando preferencia a jóvenes, a personas en riesgo de exclusión social, a personas mayores, a personas con discapacidad, a mujeres embarazadas sin recursos y a familias en riesgo de desahucio.

Para ello, sus ejes de actuación tenderán, por una parte, a facilitar el acceso a la vivienda mediante, entre otras actuaciones, el fomento de promociones en los suelos destinados a vivienda protegida, para lograr la oferta de un amplio parque de viviendas tanto en alquiler como en venta u opción de compra. Por otra parte, a la gestión de bolsas de viviendas destinadas al realojo de personas en situación de emergencia habitacional y a personas que hayan sido desahuciadas de sus viviendas.

A su vez, tendrá como finalidad lograr ciudades más humanas, mediante la rehabilitación de viviendas y la renovación urbana, así como la erradicación del chabolismo.

El Plan deberá tener como mínimo el contenido previsto en el artículo 12 de la Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda. Además, las actividades de planificación regional en materia de vivienda se encuentran incluidas en el anexo de Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por lo que el Plan tendrá la consideración de Plan con incidencia en la ordenación del territorio y el contenido establecido para ellos en la expresada Ley, además del previsto en la Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda.

Dado que la gestión eficaz de este nuevo Plan y el cumplimiento de sus objetivos requerirá la actuación conjunta de corporaciones locales, personas promotoras, entidades financieras, colegios profesionales, entidades del tercer sector y los agentes económicos y sociales que operan en Andalucía, se facilitará que todas estas entidades vinculadas con la problemática de la vivienda participen en su redacción.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.

Envío de aportaciones

consultaprevia.vivienda@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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