Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de Andalucía . Hacia una economía circular en el Horizonte 2030.

Información general

Antecedentes de la norma

La elaboración de los planes autonómicos de residuos corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente, tal y como queda establecido tanto en la normativa básica estatal, Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, como en la autonómica sobre la materia,  el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.  En el ámbito andaluz, se han aprobado y se encuentran en vigor dos planes de residuos con los que se ha venido dando cumplimiento a esta obligación y que, junto al Reglamento de Residuos de Andalucía, son los pilares básicos en los que se sustenta la política andaluza en materia de residuos. Por una parte, el Plan Director Territorial de Residuos no Peligrosos de Andalucía, 2010-2019, aprobado por Decreto 397/2010, de 2 de noviembre, define  los objetivos de prevención, gestión, seguimiento y control de los residuos no peligrosos en la Comunidad Autónoma, así como las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos y constituye el marco en el que se establecen las bases que deben regir la política en materia de residuos no peligrosos en Andalucía, hasta el año 2019.  Por otra parte, el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía, 2012-2020, aprobado por Decreto 7/2012, de 17 de enero, marca los objetivos de reducción, reutilización, reciclado, y otras formas de valorización y eliminación, así como las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos, los medios de financiación y el procedimiento de revisión, todo ello en el ámbito de los residuos peligrosos, hasta el año 2020. Ambos planes han permitido en estos años un importante avance en las políticas andaluzas de prevención, posesión y gestión de los residuos, así como  la participación de los distintos agentes sociales y económicos, tanto públicos como privados.  No obstante, desde su aprobación, son varios los hitos normativos acontecidos a escala comunitaria y estatal, cuyas disposiciones tienen una repercusión directa en los objetivos y medidas de actuación definidos en los antecitados planes y que requieren cambios muy significativos en la planificación respecto a los planteamientos de estos últimos diez años. Todo ello, junto al criterio de oportunidad por estar ya en la última etapa de vigencia de los actuales planes, hace necesaria la formulación de un nuevo marco para la planificación de residuos.

Problemas que se pretenden solucionar

Con el nuevo instrumento de planificación se pretende:       1. Adecuar los objetivos de prevención, reciclado, valorización y eliminación, a los nuevos objetivos europeos contenidos tanto en la modificación de la Directiva 2008/98/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos como en las modificaciones del resto de directivas europeas contenidas en el paquete de “Economía Circular” y que afectan a flujos específicos de residuos.     2. Adaptar su estructura, contenidos, períodos de vigencia y frecuencia de evaluación y revisión a lo dispuesto en tanto en el PEMAR (Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022, aprobado el 6 de noviembre de 2015) como en el Programa Estatal de Prevención de Residuos, 2014-2020, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de diciembre de 2013, que son los dos instrumentos de planificación vigentes en el ámbito estatal.     3. Crear un nuevo instrumento de planificación en residuos, que englobará en un texto único los ámbitos de actuación del Plan Director Territorial de Residuos no Peligrosos de Andalucía y del Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía actuales, y recogerá las futuras directrices de la planificación andaluza en la materia.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El conocimiento y experiencia adquiridos en la elaboración y ejecución tanto del Plan Director Territorial de Residuos no Peligrosos de Andalucía como del Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía actuales llevan a replantear la planificación en un instrumento único, que aborde los retos que para los residuos y dentro del concepto de la economía circular se han planteado para los próximos años,  en la Unión Europea.

Objetivos de la norma

Actualizar el marco regulatorio en materia de planificación en residuos en Andalucía, mediante un Decreto que apruebe un Plan Integrado de Residuos de Andalucía (“PIRec, horizonte 2030”), al objeto de poder dar respuesta a los ambiciosos objetivos de prevención y gestión de residuos que se han planteado tanto a nivel europeo, en las correspondientes directivas, como estatal, en la inminente modificación de la legislación básica de residuos. 

Posibles soluciones alternativas

Ante la detección de las necesidades señaladas, se han contemplado tres posibles escenarios: 

    a. Escenario 1: no tramitar una norma de aprobación del PIRec Esta opción se desestima. Considerando la necesaria adaptación de la planificación de residuos en Andalucía, cuyo periodo de vigencia finaliza además respectivamente para no peligrosos y peligrosos en 2019 y 2020, se considera imprescindible aprovechar esta coyuntura para la aprobación de una planificación integrada, con el mismo periodo de vigencia para peligrosos y no peligrosos y un horizonte amplio  de implementación, hasta 2030, en Andalucía, coincidente con el horizonte definido por las modificaciones introducidas en la directiva marco de residuos (DMR). Es obligación de la Comunidad Autónoma el contar con un instrumento de planificación adecuado en materia de residuos con capacidad para ir respondiendo a las distintas iniciativas que se van a ir produciendo al respecto en el ámbito de la UE.

    b. Escenario 2: aprobación por una norma de rango inferior (orden o instrucción).  Se descarta esta opción al objeto de dotar de la máxima seguridad jurídica a la aprobación y regulación de la planificación de residuos en Andalucía, a la cual estamos obligados por exigencias tanto de la DMR como de su transposición en la ley básica estatal de residuos. La vigente planificación y sus modificaciones se han aprobado también mediante sendos Decretos.

    c. Escenario 3: Decreto de aprobación del nuevo Plan Integrado de Residuos. Finalmente, se considera que este escenario responde a las necesidades señaladas, aportando las garantías jurídicas necesarias, así como la máxima participación pública.

Envío de aportaciones

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:

pirec2030.cpp.cagpds@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad y Medio Ambiente
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