Proyecto de Orden por el que se regulan proyectos de estancias destinados a la realización de prácticas curriculares en otros paises de la UE para el alumnado de enseñanzas de FP inicial y visitas de seguimiento para el profesorado responsable de ese alumnado
Información general
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su artículo 74, como en el artículo 16 del Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional Inicial que forma parte del sistema educativo, desarrollándose los aspectos necesarios para su autorización y seguimiento en la Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Orden de 16 de mayo de 2011, por la que se regulan las estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa «Formación en Empresas Europeas», y de las visitas de seguimiento para el profesorado responsable de ese alumnado; y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012.
El artículo 14 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, establece que el principio de igualdad entre mujeres y hombres inspirará el sistema educativo andaluz y el conjunto de políticas que desarrolle la Administración educativa.
Ordenar el procedimiento para que los centros docentes que imparten ciclos formativos de formación profesional inicial puedan desarrollar proyectos de estancias formativas para sus alumnos y alumnas y las visitas de seguimiento que se proporcionarán al profesorado implicado, estableciendo los criterios de selección con los que se apoyará a aquellos centros que tengan una clara trayectoria de internacionalización de sus enseñanzas. Se pretende adoptar los mismos criterios de financiación que tiene establecido el programa Erasmus+, simplificando la gestión de los proyectos.
La realización de estancias formativas, dirigidas a los alumnos y alumnas que cursan enseñanzas de formación profesional, en otros países de la Unión Europea, contribuyendo así al logro de uno de los objetivos para la Educación y Formación de la estrategia europea 2020 que es aproximarse al porcentaje deseado del 6% del alumnado de formación profesional inicial que realiza acciones de movilidad.
Mejorar la proyección internacional del centro docente así como las competencias profesionales del alumnado de formación profesional a través de programas que conlleven la realización de parte de la formación en otros países de la Unión Europea, el perfeccionamiento de idiomas y una mejor interrelación entre escuela-empresa. Estos programas favorecen el aprendizaje en entornos laborales de diferentes países que proporcionan una formación adaptada a las necesidades de los sistemas productivos en nuestra Comunidad Autónoma. De este modo se contribuye a que el alumnado andaluz de formación profesional adquiera los conocimientos imprescindibles para el siglo XXI, contribuyendo a su vez al desarrollo de la nueva agenda europea de competencias “Skill Agenda for Europe”, aprobada por la Comisión Europea el 10 de junio de 2016.
No existe alternativa que desarrolle los aspectos de la norma en el marco de la Comunidad Autónoma Andaluza.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus aportaciones sobre los aspectos planteados en este documento a través del correo electrónico erasmus.ced@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.