Orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la actividad emprendedora en el sector de las artes visuales en Andalucía
Información general
El vigente Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3º como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, “el afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico”.Asimismo, el artículo 37.1. dispone que “Los poderes de la Comunidad Autónoma orientarán sus políticas públicas a garantizar y asegurar el ejercicio de los derechos reconocidos en el Capítulo anterior y alcanzar los objetivos básicos establecidos en el artículo 10, mediante la aplicación efectiva de los siguientes principios rectores: 17º“ El libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto a la diversidad cultural y l18º “La conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía, especialmente del flamenco”.
Por su parte y de conformidad con el artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, “Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende las actividades artísticas y culturales que se lleven a cabo en Andalucía, así como el fomento de la cultura, en relación con el cual se incluye el fomento y la difusión de la creación y la producción teatrales, musicales, de la industria cinematográfica y audiovisual, literarias, de danza, y de artes combinadas llevadas a cabo en Andalucía; la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Corresponde asimismo a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz”.
- Fomentar la creación artística en el sector de las artes visuales.
- Fomentarla difusión y promoción de las obras del sector de las artes visuales.
- Fomentar la investigación y sensibilización social en el sector de las artes visuales.
En todos los casos, van a cobrar especial relevancia las obras de autoría andaluza.
Responde a la necesidad de potenciar el desarrollo y la acción emprendedora enel sector de las artes visuales debido a la evolución que ha experimentado y queha supuesto que aquellas expresiones culturales que tradicionalmente se englobaban bajo el término “artes plásticas” queden subsumidas actualmente en la más amplia denominaciónde “artes visuales”, concepto en el que tienen cabida las creaciones relacionadas con la instalación, el dibujo, la pintura, el grabado, la caricatura, la escultura, el videoart, el arte sonoro, el arte digital, el fanart, la fotografía, el net.art o arte interactivo, el llamado arte de acción como el performance art, el environment o arte ecológico o el arte urbano, entre otras.
Fomentar el emprendimiento en el sector de las artes visuales en Andalucía.
Desde este Centro Directivo se ha valorado que la fórmula regulatoria elegida es la más adecuada en el caso que nos ocupa.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren oportuno pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico: consultapublica.sgicym.ccph@juntadeandalucia.es.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.