Proyecto de Decreto por el que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de la Huella de Carbono de Productos y Servicios

Información general

Antecedentes de la norma

Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía

Problemas que se pretenden solucionar

El artículo 52 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía, crea el Registro de la Huella de Carbono de Productos y Servicios. En los distintos apartados el artículo 52 se establecen contenidos que deberán desarrollarse reglamentariamente, como la organización y el funcionamiento del Registro, o los requisitos para la certificación, para la regla de categoría de producto y la metodología de cálculo de la huella de carbono.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

En la Disposición adicional tercera de la referida Ley se establece “Con carácter general se fija el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de esta norma para la aprobación de los reglamentos necesarios para el desarrollo de esta ley”. Por otra parte, el artículo 53 establece la obligatoriedad de incluir el cálculo de una huella de carbono de productos y servicios en las licitaciones públicas, transcurridos dos años desde la entrada en vigor de la Ley. Estando previsto que la Huella de Carbono de Productos y Servicios (HCPS) se configure como una herramienta útil para el cálculo y comunicación del total de emisiones de gases de efecto invernadero asociados a un producto o servicio, así como su uso obligatorio en las licitaciones que lleve a cabo la Administración de la Junta de Andalucía, es necesario abrir un proceso de consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la entrada en vigor del Decreto

Objetivos de la norma

- Regular la organización y el funcionamiento del Registro de la Huella de Carbono de Productos y Servicios.

- Regular el procedimiento de inscripción y las Consejerías competentes para resolver sobre el alta o la baja en el Registro según las categorías de productos y servicios.

- Regular el logotipo de la Huella de Carbono de Productos y Servicios y sus condiciones de uso.

- Regular la integración en el etiquetado o publicidad de la HCPS

- Definir los principios y la metodología por la que debe regirse el cálculo de las huella de carbono.

- Detallar el procedimiento y los requisitos para la verificación del cálculo de las huellas de carbono.

- Establecer los supuestos para la consideración de la Huella de Carbonode Productos y Servicios en los procedimientos de licitación pública de la Junta de Andalucía y sus entes instrumentales

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado alternativas al desarrollo de la norma por responder a un mandato legal explícito.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:

pd-HCPS.cpp.cagpds@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad y Medio Ambiente
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