Propuesta de Decreto de modificación de los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias

Información general

Antecedentes de la norma

La propuesta de Decreto se centra en la modificación del Decreto 88/1994, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

Esta norma se ha visto afectada por las siguientes modificaciones:

El Decreto 464/1994, de 7 de diciembre, por el que se modifica el artículo 10 de los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

La disposición adicional tercera, sobre modificación de la composición del Consejo de Administración de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

La disposición final primera cinco, sobre modificación de la composición del Consejo de Administración de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, del Decreto 152/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Bienestar Social y del Servicio Andaluz de Salud.

El Decreto 92/2013, de 31 de julio, por el que se modifican los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

La disposición final primera cinco, sobre modificación de la composición del Consejo de Administración de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, del Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud,.

La disposición final primera cinco, sobre modificación de la composición del Consejo de Administración de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, del Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

El Decreto 177/2018, de 25 de septiembre, por el que se modifican los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, Agencia Pública Empresarial Sanitaria Poniente de Almería, Agencia Pública Empresarial Sanitaria Alto Guadalquivir, Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir y Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol.

La disposición final primera, sobre modificación de la composición del Consejo de Administración de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, del Decreto 105/2019, de 22 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud.

Problemas que se pretenden solucionar

Hasta el momento, la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias ha venido gestionando el servicio “Salud Responde”. El acceso multicanal al Sistema Sanitario Público de Andalucía, denominado “Salud Responde” está gestionado por la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias y dirigido por el Servicio Andaluz de Salud, para la información y gestión del acceso a los servicios sanitarios por parte de la ciudadanía. La adecuada prestación del servicio público “Salud Responde”, de una manera eficaz y eficiente, impone la gestión coordinada e integrada de la atención que se presta a la ciudadanía a través de este medio.

En la tramitación de un nuevo expediente que da cobertura a la contratación de este servicio “Salud Responde” se ha advertido que para continuar prestando este servicio la Empresa Pública sanitarias EPES tiene la necesidad de adecuar el objeto social de la entidad de tal manera que expresamente abarque de modo integrado el conjunto de servicios de información y gestión de acceso a los servicios sanitarios por parte de la ciudadanía que se ofrece a través del servicio “Salud Responde”.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La modificación de los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, para incluir dentro de su objeto y fines institucionales el servicio de “Salud Responde”, y la gestión para el acceso no presencial de la ciudadanía a las prestaciones sanitarias, se considera necesaria y oportuna por razones de eficiencia, eficacia y economía del gasto público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Objetivos de la norma

La propuesta de Decreto modifica los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, para incluir, dentro de su objeto y fines institucionales, el servicio de “Salud Responde” para el acceso no presencial de la ciudadanía a las prestaciones sanitarias del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

Posibles soluciones alternativas

La posible solución alternativa sería más costosa económicamente y organizativamente pues supondría la desintegración del servicio “Salud Responde” prestándose a través de distintos servicios de información respecto de las competencias materiales que podrían tener otras entidades prestadoras de los servicios públicos sanitarios en Andalucía. Por ello se considera que no existe otra mejor solución alternativa regulatoria y no regulatoria.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días naturales, a partir del día siguiente al de su publicación, a través del siguiente buzón de correo electrónico:

consultas.previas.csafa@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Salud y Consumo
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