Proyecto de Decreto por el que se modifican determinados artículos de los reglamentos aplicables en materia de juego y apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Información general

Antecedentes de la norma

Decreto-ley 6/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

Adaptación de los Reglamentos y demás normativa aplicable a las actividades de los juegos y apuestas a las modificaciones introducidas por el Decreto-ley 6/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Adaptación, por tanto, a las modificaciones en materia de régimen sancionador, control de admisión de los establecimientos de juego, y publicidad de los juegos y apuestas.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Adopción de medidas que vienen impuestas por la extensión, en los últimos tiempos, de nuevas modalidades de juegos y apuestas, especialmente las apuestas deportivas, y el interés que las mismas representan para las personas menores y jóvenes, así como por el incremento en los últimos años del número de establecimientos dedicados a estas actividades.

Objetivos de la norma

Recoger en cada Reglamento específico de los distintos subsectores de juego y de apuestas de competencia autonómica el desarrollo y especificidad aplicable a cada modalidad de establecimiento de juego y en su específico catálogo de infracciones de su propia actividad. Al mismo tiempo, modificar el ámbito territorial y sustancial de las inscripciones en el Registro de Control e Interdicciones de acceso a los Establecimientos dedicados a la práctica de los juegos y Apuestas, armonizándolas con el régimen aplicado a las inscripciones de ámbito nacional.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras alternativas, por considerar que éstas son las más adecuadas a los fines y objetivos que se persiguen con el proyecto de Decreto, así como a los principios de buena regulación: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Envío de aportaciones

juego.chap@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
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