Orden de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el arrendamiento de viviendas dirigido a las asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones

Información general

Antecedentes de la norma

El Decreto de 12 de febrero de 2019 establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, contemplando que corresponden a la Secretaría General de Vivienda entre otras las funciones de impulso ejecución y desarrollo de las medidas previstas en la Ley de 8 de marzo de 2010, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, y la coordinación con los agentes económicos y sociales y con los colectivos ciudadanos en las materias competencias de la Secretaría General, así como el fomento de la participación de los mismos en los órganos consultivos de su ámbito competencias y en los procesos de elaboración y desarrollo de los Planes que se desarrollen.

El avance en la garantía del derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna y adecuada aconseja el establecimiento de una nueva linea de ayudas, destinadas al tercer sector para programas de arrendamiento de viviendas, que se enmarca en la formulación del nuevo Plan Vive en Andalucía 2020 2030, según el Acuerdo de 14 de mayo de 2019, del Consejo de Gobierno.

Problemas que se pretenden solucionar

Se pretende, como se ha dicho, avanzar en la garantía del derecho a la vivienda, propiciando la implicación y participación de fundaciones, asociaciones y entidades del tercer sector que desarrollen su actividad entre sectores vulnerables merecedores de una especial protección. Para ello, y como medida también de fomento del acceso a la vivienda en régimen de alquiler, se establecen estas ayudas destinadas a financiar parte de la renta a satisfacer por las asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, que destinen las viviendas de las que son arrendatarias a personas pertenecientes a colectivos de atención preferente, facilitando el acceso a las mismas a estas personas con especiales necesidades y con escasos medios económicos.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La implantación de nuevas lineas de ayudas conforme a lo expresado en la formulación del Plan Vive en Andalucía 2020 2030, requiere para su desarrollo la redacción y aprobación de unas bases reguladoras de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, que destinen viviendas de las que son arrendatarias, para alojar a personas con especiales necesidades.

El objetivo es colaborar financieramente con las entidades del tercer sector en Andalucía para facilitar el acceso a la vivienda de estos colectivos más desfavorecidos.

Objetivos de la norma

El proyecto del Plan Vive en Andalucía 2020 2030 contempla como objetivo definir la política de vivienda para el periodo de su vigencia y garantizar el derecho real y efectivo a una vivienda digna a las familias necesitadas, dando preferencia a jóvenes, a personas en riesgo de exclusión social, a personas mayores, a personas con discapacidad, a mujeres embarazadas sin recursos y a familias en riesgo de desahucio.

Para ello, entre sus nuevas lineas de actuación se pretende desarrollar una linea de ayudas destinadas al tercer sector que junto con otros ejes de actuación fomente la participación de asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, en el desarrollo de actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la vivienda a sectores de población con escasos recursos económicos, que se encuentren en situaciones de especial vulnerabilidad, financiando una parte de la renta a satisfacer por estas asociaciones por el alquiler de viviendas de las que son arrendatarias y en las que se encuentren alojadas personas pertenecientes a estos colectivos de atención preferente.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.

Envío de aportaciones

consultaprevia.vivienda@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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