Proyecto de Orden por la que se establecen las normas que regirán las convocatorias de los conciertos educativos de las enseñanzas de régimen general, a excepción de educación primaria.
Información general
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
- Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía
- Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos educativos.
- Orden de 30 de diciembre de 2016, por la que se establecen las normas que regirán la convocatoria para solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación de los mismos, a partir del curso académico 2017/18.
- Orden de 15 de octubre de 2009, por la que se hacen públicos los modelos de documentos administrativos en los que se formalizarán los conciertos educativos con centros docentes privados.
La Orden de 30 de diciembre de 2016 reguló esta materia abordando, por primera vez en la Comunidad Autónoma de Andalucía, un marco estable de vigencia de los conciertos educativos que hasta entonces se había articulado mediante convocatorias anuales. Esta Orden dió lugar, de este modo, a la suscripción o renovación de conciertos educativos con una vigencia de cuatro años a partir del curso 2017/18, excepto los relativos a Educación Primaria, cuya vigencia se estableció en seis años.
Ante la próxima finalización, por tanto, de los conciertos educativos de Educación Infantil, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial y Enseñanzas postobligatorias, se hace necesaria la aprobación de las normas que regirán la convocatoria de los conciertos educativos a partir del curso escolar 2021/2022.
El plazo de vigencia de cuatro años establecido por la Orden de 30 de diciembre de 2016 para todas las enseñanzas de régimen general, a excepción de Educación Primaria, finaliza al acabar el curso escolar 2020-2021 y por ello es necesario acometer la regulación del procedimiento para el nuevo periodo que se inicia.
Asimismo, este proyecto normativo pretende establecer la posibilidad de modificar los conciertos que se suscriban en función de las alteraciones y las variaciones que se puedan producir en los centros docentes y de acuerdo con lo que establece el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, que reconoce esta posibilidad tanto a los titulares de los centros como a la Consejería de Educación y Deporte.
Igualmente, con esta nueva regulación se persigue la adopción de medidas de simplificación de los procedimientos administrativos e implantación de la administración electrónica, en aplicación del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
- Regulación de las normas que regirán la suscripción, renovación o modificación de los conciertos educativos en las enseñanzas de régimen general, excepto Educación Primaria.
- Implantación de la tramitación electrónica en este procedimiento.
- La reducción de cargas y simplificación documental.
No se plantean soluciones alternativas no regulatorias.
dgplanificacion.ced@juntadeandalucia.es
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