Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de deporte, dirigidas a los Clubes Deportivos Andaluces, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo (PLN)
Información general
La Ley 5/2016, de 19 de julio de 2016, del Deporte de Andalucía, considera el deporte como una actividad de interés general que cumple funciones sociales, culturales, educativas, económicas y de salud. Además, configura la actividad deportiva como un derecho de los ciudadanos, que ha de disfrutarse en condiciones de igualdad y no discriminación.
La práctica deportiva se encauza fundamentalmente a través de las entidades deportivas, de las que forman una parte muy importante los clubes deportivos andaluces definidos en el artículo 54 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, como aquellas asociaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, que tengan por objeto principal la práctica del deporte por parte de las personas asociadas a dichas entidades, que desarrollen su actividad básicamente en Andalucía y que figuren inscritas en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como las secciones deportivas, definidas en el artículo 56 como entidades deportivas constituidas en el seno de una entidad pública o privada, y cuyo fin u objeto social principal no sea el deportivo, para el desarrollo de actividades deportivas. Tanto clubes como secciones deportivas contribuyen por tanto de una manera notable al aumento de la práctica deportiva por parte de los ciudadanos, además de realizar una importante labor de promoción de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por su parte, la Ley impone a los poderes públicos de Andalucía, en el marco de sus respectivas competencias, fomentar el deporte y tutelar su ejercicio, en los diferentes niveles y ámbitos deportivos, con el fin de alcanzar estándares de calidad y excelencia, siendo uno de los principios rectores el fomento del deporte de competición y la difusión del deporte andaluz en Andalucía y en los ámbitos estatal e internacional.
Dado el interés público de las actividades realizadas por los clubes y secciones deportivas andaluces, se hace necesario colaborar económicamente con estas entidades, en la participación en aquellas competiciones de mayor relevancia en el ámbito nacional, que contribuyen decisivamente a fomentar las correspondientes modalidades deportivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma y, por consiguiente, al fomento de la práctica deportiva entre la ciudadanía.
Desde el año 2017, se viene financiando por parte de la Junta de Andalucía la participación de los clubes deportivos andaluces en las ligas nacionales a través de la Orden de 12 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a clubes deportivos andaluces, con la finalidad de apoyar la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta, con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo (PLN).
Con la aprobación de una nueva Orden reguladora se pretende, adaptar el procedimiento de concesión de ayudas de la línea PLN a las novedades introducidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, e incorporar en la nueva regulación la experiencia adquirida a lo largo de los últimos años en la gestión de este tipo de subvenciones.
En concreto, se pretende alcanzar una más justa valoración de los expedientes, reforzando los aspectos más relevantes de las competiciones que implican la realización de un mayor gasto por parte de los equipos participantes, evitando distorsiones en el reparto de las ayudas. Igualmente se definen de una manera más clara y específica los diferentes conceptos subvencionables, a fin de ajustar los presupuestos a los costes efectivos de participación en la competición.
Asimismo, se refuerza y amplía la posibilidad de presentación de la documentación a través de medios telemáticos, así como la ampliación del ámbito subjetivo de la Orden, dando entrada expresada como solicitantes tanto a las Secciones Deportivas como a las Sociedades Anónimas Deportivas.
La aprobación de la nueva Orden reguladora se estima necesaria para adaptar las bases reguladoras a los preceptos de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, así como para establecer un procedimiento más ágil, transparente y efectivo en la concesión de ayudas a las entidades deportivas andaluzas que participen en competición nacional.
Con esta propuesta normativa se pretende adaptar la normativa en relación con las áreas siguientes:
– Adaptar las bases reguladoras de esta línea de subvenciones al marco normativo vigente.
– Ampliar el ámbito subjetivo de la Orden, reconociendo de manera expresa la posibilidad de presentar la solicitud de subvención tanto por clubes deportivos como por secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas, siempre que estén inscritas en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED).
– Ampliar y mejorar los criterios de valoración y los conceptos subvencionables, en orden a permitir un reparto de fondos equitativo, justo y proporcional al nivel del presupuesto de gasto de cada competición deportiva.
– Simplificar la tramitación administrativa del procedimiento, reforzando la posibilidad de presentación de documentación por medios telemáticos.
No se plantean soluciones no regulatorias, por tratarse de una reforma de las bases reguladoras de una línea de subvenciones.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días hábiles, a través del siguiente buzón de correo electrónico: dgpdhstd.ced@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.