Trámite de Consulta Pública previa del Proyecto de Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación del Conjunto Monumental de la Alcazaba de Almería.

Información general

Antecedentes de la norma

Mandada construir por Abderraman III en el año 995, la Alcazaba de Almería fue posteriormente engrandecida por el primer rey taifa de Almería y, posteriormente, por los Reyes Católicos tras la definitiva conquista de la ciudad en 1489. Su cerca de 43.000 m² de superficie distribuidos en baños, cisternas, mezquitas y palacio, con tres poderosos recintos amurallados y almenados hacen de la Alcazaba de Almería la mayor fortaleza musulmana conservada en España y fue declarada Monumento Histórico-Artístico por un Decreto de 3 de junio de 1931. A raiz de la nueva organización territorial del Estado configurada por la Constitución de 1978, la Junta de Andalucía asumió las competencias en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológicoy científico, siendo tranferidas las correspondientes funciones y servicios por el Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, en cuya relación nº 1-B se contiene el inventario detallado de los bienes inmuebles sobre los que se transfiere a la Junta de Andalucía las competencias de la Administración del Estado, entre los que se incluye la Alcazaba de Almería.  Posteriormente, el Decreto 128/1989, de 6 de junio, creó el Conjunto Monumental de la Alcazaba de Almería como unidad administrativa.  

Problemas que se pretenden solucionar

Con la creación del Consejo de Coordinación de la Alcazaba de Almería se pretende cumplir con una exigencia de la sociedad civil de Almería de participar de manera coordinada y eficiente en la gestión del monumento más sigficativo de la capital almeriense.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Al amparo de los artículos 44.1, 46 y 148.1.16ª de la Constitución Española y 68.3.1º del Estatuto de Autonomía para Andalucía y de conformidad con los artículos 15 y siguientes la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 20 y 21 de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la presente norma se crea y se regula un órgano colegiado de participación administrativa y social, denominado Consejo de Coordinación del Conjunto Monumental de la Alcazaba de Almería, que se concibe como reconocimiento del papel de la sociedad  en la gestión de los recursos del patrimonio cultural y, al mismo tiempo, una contribución del valor de las prácticas participativas coordinadas orientadas a regenerar, mantener y cualificar los valores patrimoniales de la  Alcazaba de Almería.

Objetivos de la norma

OBJETIVOS DE LA NORMA. Con el fin de dar participación a diferentes instituciones públicas y privadas en la gestión del Conjunto Monumental de la Alcazaba de Almería, se hace necesario el establecimiento de un instrumento de coordinación que permita la armonía en el ejercicio de la tutela y su valorización patrimonial efectiva.

Para dar respuesta a estas necesidades, el Consejo de Coordinación tendrá las siguientes funciones: 

a) Impulsar y coordinar su Plan de Gestión. b) Proponer medidas de buenas prácticas en su gestión, trasladando propuestas de actuación a los diferentes organismos que integran la gestión del mismo, en materia ambiental, paisajística y turística, de planificación urbana y patrimonial, y de conocimiento y difusión del sitio. c) Promover la participación ciudadana fomentando la divulgación, sensibilización y educación en los valores patrimoniales, y generando espacios de intercambio y reflexión, con continuidad temporal, entre administraciones, empresariado y colectivos vecinales, sociales y culturales del entorno.  d) Proteger los valores patrimoniales que motivaron su declaración como Conjunto Monumental, proponiendo cuantas medidas se estimen necesarias para su fomento y protección, y velando por la consecución de actuaciones coordinadas de los diferentes organismos dedicados a la gestión de los bienes que lo integran.  e) Informar y aprobar su memoria de la gestión

Posibles soluciones alternativas

Con la creación del Consejo de Coordinación del Conjunto Monumental de la Alcazaba de Almería se pretende ampliar la participación en la gestión de la Alcazaba a otras entidades interesadas en su protección  funciones que no pueden ser asumidas por la Comisión Técnica del Conjunto Monumental, al ser éste un órgano colegiado de consulta y asesoramiento de naturaleza ás científica como denota su propia composición, personas expertas de reconocido prestigio en arqueología, geología, urbanismo, etc. Por lo que es necesario e indispensable disponer de un sistema de gestión o de mecanismos que garanticen la administración coordinada del bien, así como de un Plan de gestión unitario del recinto monumental, evitándose con ello cargas administrativas innecesarias o accesorias, y racionalizando la gestión de los recursos públicos, que sólo se podría conseguir con la creación del Consejo de Coordinación  y, al mismo tiempo, que permita la colaboración otros agentes implicados en la gestión, protección y valorización de los bienes culturales con la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico.

Envío de aportaciones

consultapublica.consejocoordinacionalcazaba.ccph@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Cultura y Deporte
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