Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
Información general
El Estatuto de Andaluces en el Mundo propugna la necesidad de mantener vivos los vínculos con la población andaluza en el exterior con Andalucía. Esto supone también estar a su lado en los momentos de mayor vulnerabilidad y contribuir, en la medida de lo posible, a conseguir una situación de igualdad con los andaluces y andaluzas que se encuentran dentro del territorio de Andalucía.
Como establece el artículo 4 apartado a) de la Ley 8/2006 de 24 de octubre del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, “Las instituciones públicas andaluzas encauzarán sus actuaciones para la satisfacción de los siguientes objetivos: a) Hacer posible la ayuda, asistencia y protección de los andaluces en el exterior, en el marco del ordenamiento jurídico vigente”.
En función de este objetivo, y siendo conscientes de la situación de mayor vulnerabilidad en la que se pudieran encontrar los andaluces y andaluzas en el exterior, se pretende llevar a cabo una política en la que se atienda a las personas andaluzas que residan fuera del territorio español y que se encuentren en situación de extrema necesidad, ya sea por su situación económica, laboral, social o personal.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, desde la Dirección General de Relaciones con los Andaluces en el Exterior de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, encargada de la coordinación de las competencias relacionadas con los andaluces y andaluzas que residen fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se decide crear estas bases reguladoras.
Bajo esta premisa, se entiende que son las entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el área donde se localizan las personas andaluzas, las que mejor pueden ayudar a dicha población en estado de necesidad por tener las herramientas y los cauces para llegar a ellas, informarlas y atenderlas adecuadamente. Es por ello que se establece la concesión de la subvención a las entidades que lo soliciten.
dgandex.cpai@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.