Proyecto de Orden por el que se modifica la Orden de 15 de febrero de 2000 por la que se aprueba el texto del Reglamento de régimen interior tipo para la explotación de estaciones de autobuses en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Información general

Antecedentes de la norma

Artículo 64.13ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres.

Orden del Consejero de Turismo, Comercio y Transportes, de fecha 8 de abril de 1986 (BOJA de 15 de mayo), por el que se aprueba el Reglamento Tipo de Régimen Interior para la explotación de las Estaciones de Autobuses en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Orden de 15 de febrero de 2000, por la que se aprueba el texto del Reglamento Tipo de de Régimen Interior para la explotación de las Estaciones de Autobuses en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA n.º 32, de 16 de marzo).

Problemas que se pretenden solucionar

Que las tarifas no sean modificadas en virtud de índices de precios o fórmulas que lo contengan.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

En orden a consignar la justificación, cabe decir que la razón de interés general que motiva la aprobación de esta norma es la necesidad de adaptar la normativa vigente, la Orden de 15 de febrero de 2000, por la que se aprueba el texto del Reglamento de régimen interior tipo para la explotación de las estaciones de autobuses en la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, en relación con el régimen tarifario por la prestación de servicios de las estaciones de autobuses.

Objetivos de la norma

El proyecto de Orden pretende establecer mecanismos para evitar que la modificación de tarifas no se realice en virtud de índices de precios o fórmulas que lo contengan.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras soluciones que no sean regulatorias.

Envío de aportaciones

concesiones.gt.dgm.cfiot@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
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