Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a favorecer las oportunidades laborales de las personas jóvenes en Andalucía
Información general
Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, modificado por el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión. Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (POEJ) con prolongación a 2023 por aplicación de la regla N+3, que se desarrolla en el marco del Fondo Social Europeo (FSE).
Los incentivos regulados en esta orden se dirigen a favorecer las oportunidades laborales de las personas jóvenes andaluzas, mejorando su empleabilidad, impulsando su inclusión en el mercado de trabajo y reduciendo las barreras de acceso al mismo, a través de la adquisición de la experiencia laboral que precisan para su permanencia en el mismo.
Se hace necesaria la publicación de la Orden de las bases reguladoras con el objetivo de aprobar y desarrollar los incentivos dirigidos a favorecer las oportunidades laborales de las personas jóvenes en Andalucía.
El objeto de estos incentivos será la contratación laboral de duración determinada, a jornada completa, de personas jóvenes mayores de dieciséis años y menores de treinta años, inscritas en el fichero del Sistema de Garantía Juvenil y que estén en situación de desempleo antes de iniciar la actividad laboral que se incentive.
No proceden
dgpae.sae@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.