Proyecto de orden por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Información general

Antecedentes de la norma

La magnitud de la crisis económica, social y sanitaria provocada por la pandemia COVID-19 ha exigido una respuesta común a escala europea que se ha materializado con la puesta en marcha del nuevo Fondo de Recuperación «Next Generation EU», cuyo objeto es contribuir al proceso de recuperación de las economías de la Unión a partir de 2021. Dentro de este Fondo, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes.

Con el fin de canalizar estas inversiones, contribuyendo a una recuperación sólida y sostenible de la economía española, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), informado favorablemente por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021 y aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 6 de julio de 2021, traza la agenda para la modernización de la economía española haciendo uso de los recursos económicos que provendrán de este Fondo.

Los proyectos que constituyen el PRTR permitirán la realización de reformas estructurales los próximos años, mediante cambios normativos e inversiones, y, por lo tanto, supondrán un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la COVID-19. Además, la aplicación de estos fondos guiará una transformación de la estructura económica, convirtiéndola en más resiliente e inclusiva, de especial relevancia, para el interés público, social y económico.

Dentro de las diez políticas palanca que contempla el PRTR, una de las treinta líneas de acción que se identifican es la componente 15 (Conectividad digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G), que tiene entre sus objetivos el impulso a la trasformación digital, apostando porque el 100 por ciento de la población disponga de una conectividad adecuada, promoviendo así la desaparición de la brecha digital entre zonas rurales y urbanas. Dentro de esta componente 15 del PRTR se contempla la inversión C15.I2 «Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial». Mediante este proyecto de Orden se pretende contribuir a la ejecución de esta inversión C15.I2 del PRTR en Andalucía.

 

Problemas que se pretenden solucionar

Adoptar medidas como el refuerzo de la conectividad y el despliegue de infraestructuras de red en polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de alta concentración empresarial, especialmente en ámbitos rurales y zonas afectadas por el reto demográfico, facilitará la transformación digital de la economía, contribuirá a reducir la brecha digital y ofrecerá soluciones de conectividad a proyectos tractores de digitalización sectorial.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene por objeto la puesta en marcha de un programa de ayudas para potenciar la conectividad y el despliegue de infraestructuras de red en polígonos industriales y centros logísticos así como en otras áreas de alta concentración empresarial, especialmente en ámbitos rurales y zonas afectadas por el reto demográfico, con el fin de impulsar la sociedad del Gigabit y ofrecer soluciones de conectividad a proyectos de carácter innovador de digitalización sectoriales.

Dicha norma regula, en primer lugar, la concesión directa, con carácter extraordinario y por razones de interés público, social y económico, de conformidad con los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, así como su distribución y entrega, destinadas a sucesivas convocatorias de ayudas por dichas administraciones para el refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, incluidos zonas de actividad logística (ZAL), centros integrados de mercancías (CIM), hubs y plataformas logísticas o centros de distribución logística, entre otros. Asimismo, podrán optar a este programa de ayudas otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos.

Este programa de ayudas en forma de subvenciones está destinado a proporcionar tres líneas de ayudas. El presente Proyecto de Orden tiene que objetivo la implementación de la línea de actuación 1 del Real Decreto 988/2021 que consiste en: Conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en la zona donde se ubiquen polígonos industriales y centros logísticos, así como otras áreas de alta concentración empresarial

Estas ayudas se podrán otorgar para aquellas zonas geográficas a las que se refieren el apartado a) (tradicionalmente conocidas como zonas blancas de acceso de nueva generación (ANG) o por sus siglas en inglés (NGA)) y el apartado b) –en este último caso cuando la cobertura o previsiones de cobertura en los próximos tres años sea proporcionada por un solo operador– (tradicionalmente conocidas como zonas grises NGA) del artículo 52.3 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, modificado por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021 (Reglamento general de exención por categorías o Reglamento Gber).

Por tanto, el programa de ayudas de este Proyecto de Orden tiene por objeto establecer las bases 

reguladoras para la concesión de ayudas por la Junta de Andalucía a los destinatarios últimos de las mismas, que, tal y como se recoge en el artículo 13 del Real Decreto 988/2021 para la línea 1 de actuación, serán: Las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

El Proyecto de Orden de estas bases reguladoras se realiza bajo la competencia que en materia del desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones en Andalucía ostenta la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.

 

 

Objetivos de la norma

El objetivo será promover la conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en la zona donde se ubiquen polígonos industriales y centros logísticos así como otras áreas de alta concentración empresarial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y bajo las consideraciones que marca el citado Real Decreto 988/2021, proporcionando a las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, la oportunidad de acceder a las subvenciones para hacer rentables los proyectos de conectividad necesarios.

Posibles soluciones alternativas

Tras analizar la normativa reguladora en materia de ayudas y el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha determinado que la publicación de una Orden que establezca las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva es la herramienta más adecuada. La elección del régimen de concurrencia competitiva viene determinada por el requerido cumplimiento del artículo 19 del Real Decreto 988/2021, que indica que el procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, respetando el principio de neutralidad tecnológica, y se iniciará de oficio por el órgano competente para convocar las ayudas.

Está previsto que las bases se ajusten a las bases reguladoras tipo, aprobadas mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Envío de aportaciones

participa.cteicu@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Industria, Energía y Minas
Índice