Proyecto de Orden por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en establecimientos que formen parte de polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Información general
La magnitud de la crisis económica, social y sanitaria provocada por la pandemia COVID-19 ha exigido una respuesta común a escala europea que se ha materializado con la puesta en marcha del nuevo Fondo de Recuperación «Next Generation EU», cuyo objeto es contribuir al proceso de recuperación de las economías de la Unión a partir de 2021. Dentro de este Fondo, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes.
Con el fin de canalizar estas inversiones, contribuyendo a una recuperación sólida y sostenible de la economía española, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), informado favorablemente por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021 y aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 6 de julio de 2021, traza la agenda para la modernización de la economía española haciendo uso de los recursos económicos que provendrán de este Fondo.
Los proyectos que constituyen el PRTR permitirán la realización de reformas estructurales los próximos años, mediante cambios normativos e inversiones, y, por lo tanto, supondrán un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la COVID-19. Además, la aplicación de estos fondos guiará una transformación de la estructura económica, convirtiéndola en más resiliente e inclusiva, de especial relevancia, para el interés público, social y económico.
Dentro de las diez políticas palanca que contempla el PRTR, una de las treinta líneas de acción que se identifican es la componente 15 (Conectividad digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G), que tiene entre sus objetivos el impulso a la trasformación digital, apostando porque el 100 por ciento de la población disponga de una conectividad adecuada, promoviendo así la desaparición de la brecha digital entre zonas rurales y urbanas. Dentro de esta componente 15 del PRTR se contempla la inversión C15.I2 «Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial». Mediante este proyecto de Orden se pretende contribuir a la ejecución de esta inversión C15.I2 del PRTR en Andalucía.
Adoptar medidas como el refuerzo de la conectividad y el despliegue de infraestructuras de red en polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de alta concentración empresarial, especialmente en ámbitos rurales y zonas afectadas por el reto demográfico, facilitará la transformación digital de la economía, contribuirá a reducir la brecha digital y ofrecerá soluciones de conectividad a proyectos tractores de digitalización sectorial.
El Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene por objeto la puesta en marcha de un programa de ayudas para potenciar la conectividad y el despliegue de infraestructuras de red en polígonos industriales y centros logísticos así como en otras áreas de alta concentración empresarial, especialmente en ámbitos rurales y zonas afectadas por el reto demográfico, con el fin de impulsar la sociedad del Gigabit y ofrecer soluciones de conectividad a proyectos de carácter innovador de digitalización sectoriales.
Dicha norma regula, en primer lugar, la concesión directa, con carácter extraordinario y por razones de interés público, social y económico, de conformidad con los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, así como su distribución y entrega, destinadas a sucesivas convocatorias de ayudas por dichas administraciones para el refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, incluidos zonas de actividad logística (ZAL), centros integrados de mercancías (CIM), hubs y plataformas logísticas o centros de distribución logística, entre otros. Asimismo, podrán optar a este programa de ayudas otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos.
Este programa de ayudas en forma de subvenciones está destinado a proporcionar tres líneas de ayudas. El presente Proyecto de Orden tiene que objetivo la implementación de la línea de actuación 3 del Real Decreto 988/2021 que consiste en: instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada una de las fábricas, centros y dependencias que formen parte del ámbito de actuación material.
Estas ayudas sólo se podrán otorgar en aquellas zonas geográficas descritas en el apartado a) del artículo 52.3 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado modificado por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021 (tradicionalmente conocidas como zonas blancas NGA) y, además, dentro de los límites previstos en el Reglamento de minimis.
Por tanto, el programa de ayudas de este Proyecto de Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Junta de Andalucía a los destinatarios últimos de las mismas, que, tal y como se recoge en el artículo 13 del Real Decreto 988/2021 para la línea 3 de actuación, serán: aquellas personas físicas y jurídicas titulares de bienes inmuebles situados en un ámbito material de actuación o, en su caso, en sus zonas industriales adyacentes, así como las comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.
El Proyecto de Orden de estas bases reguladoras se realiza bajo la competencia que en materia del desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones en Andalucía ostenta la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
El objetivo será promover la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada una de las fábricas, centros, unidades, instalaciones y dependencias de los polígonos industriales y centros logísticos, así como otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y bajo las consideraciones que marca el citado Real Decreto 988/2021, proporcionando a los destinatarios últimos de las ayudas la oportunidad de acceder a las subvenciones para hacer rentables los proyectos de instalación necesarios.
Tras analizar la normativa reguladora en materia de ayudas y el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha determinado que la publicación de una Orden que establezca las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva es la herramienta más adecuada. La elección del régimen de concurrencia no competitiva viene determinada por el requerido cumplimiento del artículo 19 del Real Decreto 988/2021, que indica que teniendo en cuenta que las ayudas se destinan a financiar actuaciones o situaciones concretas que no requieren de valoración comparativa con otras propuestas, el procedimiento de concesión será el de concesión por riguroso orden de presentación de las solicitudes correspondientes hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en las convocatorias.
Está previsto que las bases se ajusten a las bases reguladoras tipo, aprobadas mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva.
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