Proyecto de Decreto por el que se regula la Oficina para la Defensa del Contribuyente de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma
  • Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales
  • Decreto 31/2013, de 26 de febrero, por el que se regula la Oficina para la Defensa del Contribuyente y el Régimen Jurídico de las quejas y sugerencias que se formulen en relación con el funcionamiento de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía
Problemas que se pretenden solucionar

Con esta norma se pretende, principalmente, adaptar la normativa reguladora de la Oficina para la Defensa del Contribuyente y el procedimiento de tramitación de las quejas y sugerencias que se formulen en relación con el funcionamiento de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía, a los cambios normativos y organizativos acaecidos desde la aprobación del Decreto 31/2013, de 26 de febrero, que hacen necesario simplificar sus formalidades, modificar los medios de comunicación entre la ciudadanía y la actual Administración electrónica, impulsar la colaboración interadminsitrativa para agilizar la gestión de los expedientes y actualizar las medidas adoptadas en materia de transparencia y de protección de datos de carácter personal, con objeto de acercar a las personas usuarias a la Oficina para la Defensa del Contribuyente pero dentro del respeto a la privacidad de sus datos.

En cuanto a la adecuación de la norma proyectada al actual marco normativo, las modificaciones de la normativa vigente se destacan a continuación las más relevantes:

  • Por una parte, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, especialmente en cuanto a las novedades introducidas en materia de oficinas de asistencia en materia de registro y de notificaciones electrónicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre la interoperabilidad de los medios electrónicos y sistemas y sobre la prestación conjunta de servicios administrativos a la ciudadanía conforme a los principios de responsabilidad, calidad, seguridad, accesibilidad, proporcionalidad, neutralidad y servicio efectivo a las personas usuarias.
  • Por otra, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Asimismo, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en aras a posibilitar el conocimiento por la ciudadanía de la actuación de la Oficina para la Defensa del Contribuyente, de los motivos de dicha actuación, del resultado de la misma y de la valoración que todo ello merezca.
  • También el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía y el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, que obliga a la eliminación de trámites y a mejoras regulatorias en aras a reducir la carga burocrática innecesaria.

Con la aprobación de este Decreto se pretende además reforzar las garantías de los contribuyentes, dotar de mayor seguridad jurídica a la tramitación de las quejas y sugerencias dirigidas a la Administración tributaria de la Junta de Andalucía, posibilitar la utilización de las nuevas tecnologías, modernizar y agilizar los procedimientos de la Oficina para la Defensa del Contribuyente para adaptar sus normas y medios de actuación a los avances sociales, y aún más, convertirla en impulsora del cambio y la innovación.

Después de nueve años de funcionamiento, la experiencia de la Oficina para la Defensa del Contribuyente en la tramitación de quejas y sugerencias ha demostrado que se puede gestionar con mayor agilidad si se suprimen determinados trámites y se acortan algunos plazos de tramitación y resolución. Además, debido a la nueva concepción de Administración integral y electrónica, para prestar un servicio efectivo a la ciudadanía es necesario que la Oficina pueda dirigirse a otros órganos administrativos distintos a los tributarios como destinatarios de las solicitudes de información y propuestas de mejora. También es necesario actualizar la normativa para adecuarla a la práctica actual para ser transparentes ante la ciudadanía, entre otros asuntos, sobre materias de registro y notificación electrónicos, las herramientas informáticas de comunicación interadministrativa, de información y publicidad activa. 

Finalmente con este Decreto se crea la Comisión de seguimiento de las propuestas de mejora formuladas por la Oficina para la Defensa del Contribuyente, con el objeto de tratar y tomar decisiones acerca de los asuntos de relevancia previstos en las citadas propuestas.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Es necesaria la aprobación de una norma con rango de decreto para regular el funcionamiento y la organización de la Oficina para la Defensa del Contribuyente ya que el artículo 8 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, dispone que la estructura y régimen de funcionamiento de la Oficina para la Defensa del Contribuyente se regulará mediante Decreto del Consejo de Gobierno.

Y dado que esta nueva norma viene a sustituir al actual Decreto 31/2013, de 26 de febrero, es necesario que tengan el mismo rango legal.

El artículo 8 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, dispone que la estructura y régimen de funcionamiento de la Oficina para la Defensa del Contribuyente se regulará mediante Decreto del Consejo de Gobierno, por lo que resulta imprescindible la aprobación de la presente disposición a fin de regular el funcionamiento de la misma. Por ello, es necesario la aprobación de un Decreto que venga a derogar al existente y que se encargue de la actualización de su régimen jurídico y la simplificación del procedimiento de tramitación de quejas y sugerencias de la Administración tributaria de Andalucía previstos en el mismo.

Por razones de seguridad jurídica, resulta imprescindible que, mediante la aprobación de este Decreto, se actualice la regulación de la Oficina para la Defensa del Contribuyente, se cree y regule la Comisión de seguimiento de las propuestas de mejoras de la Oficina para la Defensa del Contribuyente, se simplifiquen los trámites del citado procedimiento en aras a ofrecer al contribuyente transparencia y claridad en el procedimiento tributario.

Objetivos de la norma
  • Actualizar la normativa reguladora de la Oficina para la Defensa del Contribuyente
  • Crear y regular la Comisión de seguimiento de las propuestas de mejora formuladas por la Oficina para la Defensa del Contribuyente
  • Simplificar el procedimiento de tramitación de quejas y sugerencias de la Administración tributaria de Andalucía
Posibles soluciones alternativas

No se han previsto otras opciones.

Envío de aportaciones

dgtfclj.chyfe@juntadeandalucia.es

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
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