Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda
Información general
El Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, contempla en el Título V distintas líneas de actuación, como la de subvención consistente en becas de formación destinadas a profesionales de los ámbitos de la vivienda, la rehabilitación y la arquitectura, contribuyendo con ello a que estas disciplinas aporten soluciones en beneficio de la sociedad.
La Orden de 9 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda, (BOJA n.º 219, de 15 de noviembre de 2021), se aprobó acogiéndose a la Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA n.º 249, de 30 de diciembre de 2019).
El objeto de esta subvención es la concesión de becas de formación, investigación y apoyo en materias competencia de la Secretaria General de Vivienda para proporcionar la formación y experiencia técnica y laboral a Arquitectas y Arquitectos andaluces, considerándose como tal a aquellas personas que reuniendo los requisitos de titulación, sean vecinos o hayan nacido en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Además, podrá solicitarla quien, siendo persona de nacionalidad española o descendiente de persona con esta nacionalidad, se encuentre en uno de los supuestos previstos en el artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Se concreta en las bases reguladoras la titulación exigida: Licenciatura, Grado Oficial, Máster Oficial o Doctorado en Arquitectura.
Tras la Resolución de 19 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para 2023-2024, vista la variedad de tareas desempeñadas en la Secretaría General de Vivienda, se considera conveniente diversificar el requisito de la titulación exigida para solicitar la subvención, admitiendo la titulación de Grado en Edificación, teniendo en cuenta lo regulado en el artículo 3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Se pretende ampliar también la posibilidad de proporcionar la formación y experiencia técnica y laboral necesaria que ayude a facilitar la incorporación de jóvenes al mercado laboral andaluz en el sector de ocupación de los profesionales destinatarios de las becas.
Se seguirá valorando la formación específica en materias de vivienda, arquitectura y rehabilitación.
Asimismo, se considera la posibilidad de ampliar el ámbito territorial de estas becas de formación para que las actividades puedan desarrollarse en las Delegaciones Territoriales de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía, además de la en Secretaria General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en el caso de que se establezca en la convocatoria.
Tramitándose en la actualidad la convocatoria para 2023-2024, se considera conveniente el establecimiento y aprobación de nuevas bases reguladoras que incluyan la nueva titulación y que permita tenerlas aprobadas para la próxima convocatoria 2024-2025.
Desarrollar el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, que contempla en el Título V distintas líneas de actuación, como la de subvención consistente en becas de formación destinadas a profesionales de los ámbitos de la vivienda, la rehabilitación y la arquitectura, contribuyendo con ello a que estas disciplinas aporten soluciones en beneficio de la sociedad.
Ejercer las funciones que el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, establece en su artículo 6, apartado n), correspondiendo a la Secretaría General de Vivienda, entre otras, la programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros.
No se han contemplado otras soluciones.
La ciudadanía, así como todas aquellas entidades u organizaciones interesadas pueden enviar sus aportaciones y sugerencias sobre esta norma, a través de esta dirección de correo electrónico:
becas.formacion.cfatv@juntadeandalucia.es
El plazo será de 10 días hábiles a partir de su publicación. Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social y denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.