Proyecto de Decreto por el que regula los procedimientos de autorización y comunicación en materia de seguridad alimentaria y el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.
Información general
El antecedente normativo de la propuesta que se pretende elaborar es el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.
El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, que fue considerado al aprobar el referido Decreto 61/2012, se ha visto afectado tanto por el Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación, como por el Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre, por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor, todo ello en consonancia con la normativa europea dictada los últimos años. Por este motivo es preciso abordar la adaptación de la norma andaluza a todos estos cambios. También es precisa esta propuesta de norma para abordar el registro de las medidas de flexibilidad aplicadas por cada establecimiento sanitario conforme a los criterios consensuados a nivel nacional, o la regulación de procedimientos específicos de autorización no sujetos a inscripción en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía impuestas por la normativa europea.
Se detecta la necesidad de concretar a nivel reglamentario un Nomenclátor de actividades, y de coordinación del Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía con otros Registros y Administraciones.
Además procede esta propuesta para la adaptación de las reglas procedimentales a las exigencias de la Administración electrónica, así como la actualización de formularios tanto desde el punto de vista técnico-sanitario en su contenido como en su perspectiva formal para adaptarlo al diseño actualmente exigido.
La tramitación de la presente propuesta es necesaria para proceder a la sustitución del marco legal que posibilitaba las diversas inscripciones, registros y autorizaciones, así como las gestiones y obligaciones conexas.
Los objetivos de la norma propuesta son:
a) Desarrollar un texto completo que facilite y aporte suficiente seguridad jurídica y técnica ligada al uso y gestión de un Registro de estas características en Salud Pública.
b) Delimitar conceptos, procesos, obligaciones y garantías así como estructuras y autoridades competentes ligados a cualquier tipo de registro o inscripción afectada y los procedimientos asociados, que den solución a las necesidades planteadas y que se han explicado en un apartado anterior.
No se plantean soluciones alternativas regulatorias.
La posibilidad no regulatoria tampoco se considera, porque el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, en su artículo 2 excluye del registro nacional determinados establecimientos y empresas y establece la obligación de inscribirse en los registros autonómicos.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días hábiles, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
consultas.previas.csc@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.