Proyecto de Orden sobre selección y nombramiento de personal funcionario interino de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Información general
Orden de 2 de marzo de 2015, sobre Selección y Nombramiento de Personal Funcionario Interino de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la Orden de 15 de enero de 2016.
Mejorar la gestión, racionalizar y optimizar la selección del personal funcionario interino, entre otros motivos, para responder a las necesidades derivadas de la progresiva implantación de la Oficina Judicial y Fiscal en Andalucía.
Partiendo de las competencias normativas de la Junta de Andalucía para establecer disposiciones complementarias, de acuerdo con la normativa estatal básica, sobre la selección y nombramiento interino del personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía; habiendo transcurridos varios años desde la aprobación de la Orden de 2 de marzo de 2015, sobre Selección y Nombramiento de Personal Funcionario Interino de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la Orden de 15 de enero de 2016 y atendiendo a la experiencia derivada de la aplicación de la citada Orden, con la presente regulación se pretende mejorar la gestión del procedimiento de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino de los Cuerpo de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Mejorar la gestión, racionalizar y optimizar la selección del personal funcionario interino de los diversos órganos judiciales y fiscales e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, para responder, entre otros motivos, a las necesidades derivadas de la progresiva implantación de la Oficina Judicial y Fiscal en Andalucía u otras formas de organización que se establezcan en el marco de la legislación estatal; todo ello, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
No existen otras posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
participa.cjalfp@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.