Orden por la que se establecen las normas que regirán las convocatorias de los conciertos educativos de las enseñanzas de régimen general, a excepción de Educación Primaria.

Información general

Antecedentes de la norma
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

  • Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

  • Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos educativos

  • Orden de 16 de diciembre de 2020, por la que se establecen las normas de las convocatorias para acogerse al régimen de conciertos educativos en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, desde el año académico 2021/22 hasta el año académico 2024/25.

  • Orden de 15 de octubre de 2009, por la que se hacen públicos los modelos de documentos administrativos en los que se formalizarán los conciertos educativos con centros docentes privados.

  • Orden de 15 de octubre de 2014, por la que se hace público el modelo de documento administrativo en el que se formalizarán los conciertos educativos para la Formación Profesional Básica con centros docentes privados.

Problemas que se pretenden solucionar

La Orden de 30 de diciembre de 2016 reguló esta materia abordando, por primera vez en la Comunidad Autónoma de Andalucía, un marco estable de vigencia de los conciertos educativos que hasta entonces se había articulado mediante convocatorias anuales. Esta Orden dio lugar, de este modo, a la suscripción o renovación de conciertos educativos con una vigencia de cuatro años a partir del curso 2017/18, excepto los relativos a Educación Primaria, cuya vigencia se estableció en seis años.

La Orden de 16 de diciembre de 2020, renovó la vigencia por cuatro años más de las enseñanzas de régimen general, a excepción de Educación Primaria, desde el año académico 2021/22 hasta el año académico 2024/25.

Ante la próxima finalización, por tanto, de los conciertos educativos de Educación Infantil, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y Formación Profesional, se hace necesaria la aprobación de las normas que regirán la convocatoria de los conciertos educativos a partir del curso escolar 2025/2026.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El plazo de vigencia de cuatro años establecido por la Orden de 16 de diciembre de 2020 para todas las enseñanzas de régimen general, a excepción de Educación Primaria, finaliza al acabar el curso escolar 2024-2025 y por ello es necesario acometer la regulación del procedimiento para el nuevo periodo que se inicia.

Asimismo, este proyecto normativo pretende establecer la posibilidad de modificar los conciertos que se suscriban en función de las alteraciones y las variaciones que se puedan producir en los centros docentes y de acuerdo con lo que establece el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, que reconoce esta posibilidad tanto a los titulares de los centros como a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Igualmente, con esta nueva regulación se persigue la aplicación de las medidas de simplificación de los procedimientos administrativos e implantación de la administración electrónica que ya se implementaron en la norma reguladora de las convocatorias de conciertos educativos del resto de las enseñanzas, en aplicación del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

Objetivos de la norma
  • Regulación de las normas que regirán la suscripción, renovación o modificación de los conciertos educativos en las enseñanzas de régimen general, excepto Educación Primaria.

  • Actualización de los modelos de documentos de formalización de concierto y tramitación electrónica de los mismos.

  • Reducción de cargas y simplificación documental.

Posibles soluciones alternativas

No se plantean soluciones alternativas no regulatorias.

Envío de aportaciones

dgpcec.cdefp@juntadeandalucia.es

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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