Proyecto de Orden por la que se regula el programa de Empleo y Formación en Empresas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva a dicho programa.
Información general
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015 de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
El Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, establece el marco jurídico para el desarrollo de programas propios de activación para el empleo por parte de las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos de actuación adaptados a la realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su ámbito territorial.
De otra parte, en el ámbito concreto de la formación profesional para el empleo, la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, son normas que mantienen su vigencia en tanto en cuanto no se opongan a lo establecido en la citada Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo y en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
En este sentido, el artículo 8.1 d) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, establece la formación en alternancia con el empleo como una de las modalidades de iniciativa de formación integrantes de la formación profesional para el empleo dirigidas a dar respuesta inmediata a las distintas necesidades individuales y del sistema productivo.
Como desarrollo de lo anterior, el apartado 1 del artículo 30 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, define la formación en alternancia con el empleo como aquella que tiene por objeto contribuir al impulso de una formación que responda a las necesidades del mercado laboral mediante un proceso mixto, de empleo y formación, que permite al trabajador compatibilizar el aprendizaje formal con la práctica profesional en el puesto de trabajo, estando incluida, según dispone el apartado 2 de dicho artículo, por la formación dual a través de los contratos para la formación y el aprendizaje, conforme a lo previsto en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y los programas públicos mixtos de empleo-formación aprobados por las Administraciones Públicas, que se regirán por su normativa específica y, subsidiariamente, por lo establecido en este real decreto y las normas que lo desarrollen.
Por tanto, con la aprobación de esta orden, se viene promover el impulso de la formación dual a través del contrato formativo de formación en alternancia, como herramienta para mejorar las posibilidades de inserción laboral de las personas participantes, a través de su cualificación en alternancia con la actividad laboral retribuida, respondiendo a las necesidades y particularidades del mercado de trabajo andaluz, formando a personas trabajadoras desempleadas en las competencias específicas correspondientes, al objeto de cubrir puestos de trabajo demandados por el mercado laboral.
Se estima procedente y oportuno trabajar en la elaboración de unas bases reguladoras que aprueben el marco jurídico de un programa propio de empleo y formación para empresas en Andalucía que persiga, eficazmente el interés público, adaptado a las peculiaridades y características de los mercados de trabajo locales y que faciliten, la cualificación de las personas participantes, combinando la formación con la práctica profesional, mediante la formalización de contratos formativos para la formación en alternancia.
Estos Programas de empleo y formación autonómicos, se alinean con las metas recogidas en los objetivos 4 y 8 de la Agenda 2030 referidos a las competencias para acceder al empleo, los jóvenes sin trabajo ni estudios y la estrategia mundial para el empleo juvenil, y se encuentra en consonancia con la finalidad y los principios rectores de la formulación de la Estrategia para la Transformación Económica de Andalucía (ETEA) 2021-2027 aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de noviembre de 2019. Igualmente, tiene como referencia tanto la nueva Estrategia Española de apoyo activo al Empleo 2021-2024, como el componente 23 “ Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Adaptar, dentro del marco estricto de la normativa estatal, las previsiones normativas a la realidad organizativa, social y territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Regular el programa de empleo y formación en empresas y establecer las bases reguladoras que regirán la concesión de las subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, que tienen como finalidad colaborar en la financiación para la puesta en marcha, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del citado programa.
- Asegurar la aplicación de los principios de buena regulación, de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
No se identifican soluciones alternativas, por lo que la única solución factible es aprobar una Orden que tenga por objeto regular el programa de empleo y formación en empresas y establecer las bases reguladoras que regirán la concesión de las subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, que tienen como finalidad colaborar en la financiación para la puesta en marcha, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del citado programa.
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sv.progempleo.ceeta@juntadeandalucia.es
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