Proyecto de orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas jóvenes desempleadas en el ámbito local, Programa Activa-T Joven.

Información general

Antecedentes de la norma
  • Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo,de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013.
  • Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
  • Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo Plus durante el período de programación 2021-2027.
  • Artículo 63.1. 1º del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo. Atribuye a la Comunidad Autónoma, en el marco de la legislación del Estado, las competencias ejecutivas en materia de empleo y relaciones laborales, que incluyen en todo caso, el fomento del empleo.
  • Artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Determina que, en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
  • Artículo 10.3.1.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Establece que ejerce sus competencias en defensa del interés general, y contempla entre sus objetivos básicos la consecución del pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores de la producción.
  • Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
  • Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
  • Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
  • Orden de 2 de junio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Iniciativa para la Promoción del Empleo Juvenil en el Ámbito Local (Joven Ahora).
  • Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
  • Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.
Problemas que se pretenden solucionar
  1. Desempleo: Abordar el problema del desempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, consecuencia de la elevada tasa de desempleo entre las franjas de edad de 18 a 29 años, ambos inclusive.
  2. Inserción laboral: Facilitar la inserción laboral de personas jóvenes desempleadas.
  3. Desarrollo económico: Contribuir al desarrollo económico local mediante la creación de empleo y el fortalecimiento del mercado laboral.
Necesidad y oportunidad de su aprobación

La necesidad de la aprobación de estas bases reguladoras es promover la creación de empleo en el territorio de los municipios andaluces, fomentando la inserción laboral de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años inscritas en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, por parte de ayuntamientos y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la realización de proyectos dirigidos a activar y proporcionar experiencia y capacitación laboral.

En primer lugar, porque son los mercados locales de empleo los que mayor dinamismo muestran a la hora de generar oportunidades de empleo y ajustar los perfiles profesionales a los sectores generadores del mismo, gracias al mayor conocimiento del mercado laboral que la proximidad territorial genera.

En segundo lugar, porque son la vía de contacto directo con la ciudadanía y sus necesidades.

Y, en tercer lugar, porque producen sinergias que facilitan dinámicas de crecimiento más allá de sus límites territoriales.

Objetivos de la norma

Fomentar la inserción laboral de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años inscritas en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, permitiendo mejorar su experiencia y capacitación laboral vinculada a una ocupación, a través de su contratación para la realización de proyectos, puestos en marcha por ayuntamientos y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Posibles soluciones alternativas

No se identifican otras soluciones alternativas a esta necesidad. La única solución factible es aprobar una orden por la que se aprueben las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas jóvenes desempleadas en el ámbito local.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:

participa.incentivos.ceeta@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá identificarse en su correo electrónico con nombre y apellidos, y en caso de actuar como representante, deberá indicar la razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
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