Proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 67/2008, de 26 de febrero
Información general
- Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.
- Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De conformidad con el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el importe de la compensación económica a los colegios profesionales de la abogacía y la procuraduría por los gastos derivados del funcionamiento operativo de los servicios de asistencia jurídica gratuita es del 10 % de las cantidades que, certificadas trimestralmente por las actuaciones en materia de justicia gratuita efectuadas por cada colegio profesional, hayan sido verificadas por la dirección general competente en materia de asistencia jurídica gratuita.
No obstante, la experiencia en la aplicación de esta norma ha puesto de manifiesto la insuficiencia de las compensaciones económicas por los gastos de funcionamiento que corresponden a los colegios de abogados y a los colegios de procuradores de ámbito territorial reducido, con un menor número de profesionales colegiados o una menor capacidad organizativa y de recursos.
Adoptar las medidas necesarias para corregir la insuficiencia de las compensaciones económicas que corresponden a los colegios de abogados y a los colegios de procuradores de ámbito territorial reducido, con un menor número de profesionales colegiados o una menor capacidad organizativa y de recursos, requiere modificar el régimen jurídico aplicable a estas compensaciones previsto en el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Garantizar a los colegios profesionales de la abogacía y la procuraduría un importe mínimo en concepto de compensación económica por los gastos derivados del funcionamiento operativo de los servicios de asistencia jurídica gratuita.
No existen posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias.
participa.cjalfp@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.