Proyecto de Orden reguladora de los requisitos materiales, funcionales y de calidad necesarios para la puesta en funcionamiento y acreditación de los centros y servicios para la atención de personas mayores

Información general

Antecedentes de la norma

-Orden de 28 de julio de 2000, conjunta de las Consejerías de la Presidencia y de Asuntos Sociales, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales de los Servicios y Centros de Servicios sociales de Andalucía y se aprueba el modelo de solicitud de las autorizaciones administrativas.

-Orden de 1 de julio de 1997, por la que se regula la acreditación de los centros de atención especializada a las personas mayores y personas con discapacidad. 

-Orden de 5 de noviembre de 2007, por la que se regula el procedimiento y los requisitos para la acreditación de los centros para las personas mayores en situación de dependencia en Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

Actualización y unificación de normativa.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La aprobación de este proyecto normativo de Orden responde al objetivo de establecer los requisitos y condiciones que deben reunir los centros y servicios de atención a personas mayores para la autorización de su funcionamiento y, en su caso, de su acreditación, todo ello en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 83.4 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. Estos fines perseguidos están justificados en las mismas razones de interés general que fundamentan la necesidad de autorización administrativa para el funcionamiento de este tipo de centros (artículo 83.1 de la Ley 9/20196, de 27 de diciembre) y que responde a la necesidad de proteger objetivos públicos como son las prestaciones ligadas a la salud pública y otras razones imperiosas de interés general como la seguridad y protección de las personas destinatarias de los servicios.

Objetivos de la norma

Establecer los requisitos materiales, funcionales y de calidad que deben cumplir los centros y servicios sociales de atención a personas mayores de Andalucía, para su autorización de funcionamiento y acreditación.

Posibles soluciones alternativas

No se plantean soluciones alternativas.

Envío de aportaciones

viceconsejeria.cisjufi@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Índice