Resolución de la Dirección General de Innovación y Promoción Cultural por la que se dispone el trámite de consulta pública previa del proyecto de orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adquisición de instrumentos musicales para las bandas de música radicadas en Andalucía.
Información general
Según el artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende las actividades artísticas y culturales que se lleven a cabo en Andalucía, así como el fomento de la cultura, incluyéndose la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Igualmente, el artículo 33 del texto estatutario establece que todas las personas tienen derecho al acceso a la cultura en condiciones de igualdad, y el artículo 37, que recoge los principios rectores de las políticas públicas, en los párrafos 17.º y 18.º hace referencia al libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto a la diversidad cultural y a la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural. Por su parte, el artículo 1.1 del Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, dispone que corresponde a dicha Consejería “la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cultura y deporte”.
Entre los antecedentes normativos hay que citar específicamente la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Título VII del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las normas reguladoras de subvenciones se aprobarán por las personas titulares de las Consejerías correspondientes y serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A pesar del amplio respaldo social y del reconocimiento artístico con el que tradicionalmente han contado las bandas de música en Andalucía, una gran parte de ellas carecen de un organigrama mínimo para su gestión administrativa y técnica, adoleciendo de recursos económicos suficientes para poder hacer frente a la adquisición del costoso equipamiento instrumental que se requiere para poder afrontar sus interpretaciones musicales con calidad, siendo necesario mejorar la financiación de estas agrupaciones musicales sufragando parte de los gastos imprescindibles para su funcionamiento.
En las cuatro últimas décadas se ha producido un crecimiento imparable de las bandas de música en la Comunidad Autónoma de Andalucía, debido, entre otros factores, al auge de la Semana Santa o al alto nivel de perfeccionamiento alcanzado por las obras sinfónicas compuestas para las bandas de música. A pesar de este auge creciente, la mayoría de las bandas de música andaluzas carecen de los recursos económicos suficientes para poder afrontar el alto coste del equipamiento instrumental imprescindible para su funcionamiento. Para solventar, al menos parcialmente esta situación, la Consejería de Cultura y Deporte ha considerado oportuno articular una línea de subvenciones para la adquisición de instrumentos musicales lo que redundará en una formación de mayor calidad de los músicos andaluces integrados en las bandas de música.
El objetivo esencial de la propuesta normativa es la adquisición de instrumentos musicales, para renovar y modernizar la dotación instrumental de las bandas de música, lo que redundará en una mejora de la oferta cultural de este tipo de música en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
No se plantean soluciones alternativas, considerándose la fórmula propuesta como la única idónea para el cumplimiento de los objetivos.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren oportuno pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico: instrumentos musicales.ccd@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o la razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.