Proyecto de Decreto por el que se aprueba el reglamento regulador de la clasificación, acreditación y registro de los agentes del sistema andaluz para emprender

Información general

Antecedentes de la norma

- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía que establece en su artículo 10.3.11º y 12º, entre los objetivos básicos de la comunidad autónoma: «El desarrollo industrial y tecnológico basado en la innovación, la investigación científica, las iniciativas emprendedoras públicas y privadas, la suficiencia energética y la evaluación de la calidad, como fundamento del crecimiento armónico de Andalucía».

Por otra parte, el artículo 37.1, en sus apartados 13º y 15º, consagra entre los principios rectores, que han de aplicarse en el ejercicio de las políticas públicas, «el fomento de la capacidad emprendedora, la investigación y la innovación».

- Ley 3/2018, de 8 de mayo, Andaluza de Fomento del Emprendimiento, que tiene por objeto promover el derecho al emprendimiento en condiciones de igualdad de oportunidades para cualquier ciudadano/a, lo que incluye los servicios de primera y segunda oportunidad o la remoción de obstáculos que permitan el emprendimiento de personas con algún tipo de discapacidad o riesgo de exclusión social, entre otros, impulsando un cambio social y el reconocimiento de la importancia que tiene la actividad emprendedora en una sociedad moderna y desarrollada.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

- Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo.

- Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.

- Decreto-Ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

Con el proyecto normativo se pretende llevar a cabo el desarrollo reglamentario del Sistema Andaluz para Emprender (en delante SApE), previsto en el Capítulo I del título I de la Ley 3/2018, de 8 de mayo, que regula SApE “entendido como el conjunto de actuaciones que tienen como objeto promover el derecho al emprendimiento, mediante el establecimiento de servicios de información, asesoramiento, asistencia técnica, formación, tutorización, preincubación e incubación, para la creación de una nueva empresa y el inicio de una actividad económica. Dichos servicios cubrirán todas las fases del desarrollo de una idea emprendedora, desde el acceso a la investigación y la innovación hasta el proceso de creación, ejecución, desarrollo y consolidación de una empresa, e irán dirigidos a aumentar la probabilidad de supervivencia de las iniciativas emprendedoras”.

La Ley 3/2018, de 8 de mayo, dispone que el SApE se apoyará en un conjunto de instrumentos y entidades, que deben permitir la ejecución y la prestación de los servicios que la ley define, a través de una atención personalizada de los proyectos de emprendimiento.

Por su parte, el artículo 4.2., de la Ley 3/2018, de 8 de mayo, recoge que “el Sistema Andaluz para Emprender tenderá a generar contextos en los que parques científicos y empresariales, comunidades de emprendedores, inversores, emprendedores potenciales, grandes corporaciones, entidades públicas y universidades, entre otros, puedan encontrar facilidades para interactuar y crear nuevo valor, creando entornos más favorables a la innovación y el emprendimiento. La relación entre innovación y emprendimiento se caracterizará por su naturaleza colaborativa y por la existencia de actores diversos que establezcan relaciones de intercambio que deriven en nuevos servicios y propuestas de valor, claves para la innovación y el emprendimiento ”.

Cabe destacar el concepto de ecosistema emprendedor referido al conjunto de entidades que intervienen o participan en alguna medida en el surgimiento de nuevas empresas y proyectos empresariales. Forman también parte del ecosistema las propias personas emprendedoras, los servicios de apoyo y soporte a éstos, los mercados y empresas destinatarias de sus productos y servicios, los agentes financiadores, tanto públicos como privados, el sector educativo y universitario y las administraciones públicas responsables de definir políticas y regulaciones que incentiven y apoyen la iniciativa emprendedora.

Para la eficacia del SApE, la norma contempla que los servicios se habrán de dimensionar a través de un modelo de gobernanza centrado en su racionalización, el impulso a la especialización inteligente del territorio, la cobertura plena de las necesidades de la actividad emprendedora en todas las etapas de desarrollo de las empresas, y el fomento de las relaciones de intercambio, colaboración y proyección internacional entre sus  componentes.

Por tanto, el proyecto de Decreto deberá regular la adhesión de entidades al SApE, para que personas y empresas con iniciativas emprendedoras dispongan de programas, servicios y recursos en todos los ámbitos del emprendimiento, sumando esfuerzos públicos y privados de la manera más efectiva, eficaz y eficiente posible.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La Ley 3/2018, de 8 de mayo, contempla la regulación de un registro electrónico de Agentes del Sistema Andaluz para Emprender que requiere del desarrollo de un Reglamento que establezca, de modo ordenado, su clasificación y recoja el procedimiento para la acreditación e inscripción en el mismo, junto con la constatación de una serie de requisitos de tipo “económico”, “organizativo” y “experiencia/trayectoria en emprendimiento” atendiendo a las diferentes tipologías de agentes susceptibles de participar en el Sistema. Asimismo, establecerá medidas de corrección o mejora, y determinará la baja del agente cuando fuera necesario.

Objetivos de la norma

SApE tendrá pues como objetivo principal, generar un entorno ordenado -físico o digital- en el que parques científicos y empresariales, comunidades de emprendedores, inversores, emprendedores potenciales, grandes corporaciones, Administraciones Públicas, Universidades, agentes sociales y económicos representativos, asociaciones empresariales y de trabajo autónomo, y otras instituciones de la sociedad civil andaluza, puedan colaborar de forma coordinada para fortalecer los servicios de apoyo a la actividad emprendedora.

Posibles soluciones alternativas

No se han contemplado otras soluciones que no sean las regulatorias.

Envío de aportaciones

La participación pública en el procedimiento de elaboración de la presente norma está abierta a la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la cuenta de correo participa.cuii@juntadeandalucia.es En cualquier caso, la participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Universidad, Investigación e Innovación
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