Mujeres inmigrantes
Reagrupación familiar
Para proceder a la reagrupación familiar, la mujer extranjera ha de solicitar una autorización de residencia por reagrupación familiar a favor de los miembros de su familia que desee reagrupar. Puede ejercer este derecho cuando haya residido legalmente un año en España y tenga autorización para seguir residiendo, al menos, otro año.
Al mismo tiempo, debe aportar una prueba de que dispone de un alojamiento adecuado y de medios de subsistencia suficientes para atender las necesidades de su familia una vez reagrupada.
La autorización de residencia para la reagrupación tendrá una duración igual al periodo de validez de la autorización de residencia de la mujer que solicita la reagrupación.
Si necesitas más información, puedes obtenerla a través del siguiente enlace:
Violencia de género
El momento en que una mujer inmigrante en situación irregular decide denunciar una situación de violencia de género puede ocasionarle muchas dudas acerca de sus derechos. Por eso, es importante que sepa que el protocolo de actuación tiene como prioridad atender su situación de peligro:
- Con carácter prioritario se prestará a la denunciante las medidas de asistencia y protección necesarias.
- Se le informará, de forma clara y accesible, del derecho a solicitar alguna medida de protección o de seguridad contempladas en la ley, entre ellas, la Orden de Protección.
- Se le informará de su derecho a solicitar la autorización de residencia temporal por razones humanitarias tan pronto como le sea concedida dicha medida por la autoridad judicial.
Además, tienes a tu disposición, las 24 horas del día, el teléfono de información a la mujer:
Más información
Para solicitar más información llama a los teléfonos 012 o 955 012 012.
O escríbenos a través del formulario de consultas del Servicio 012.
También tienes también a tu disposición otros Canales de atención a la ciudadanía.