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Ilmos. Sres.:
Dadas las circunstancias sobrevenidas una vez indicada la ejecución de la las obras de Urbanización y Rehabilitación de 18 viviendas en el municipio de Nerva y visto el escrito presentado por el Ayuntamiento de Nerva (Huelva) con fecha 30 de mayo de 1990, por la que se solicita la modificación de la Disposición Tercera de la Orden de 26 de diciembre de 1988 en la que se regula la forma de efectuarse la subvención:
HE RESUELTO:
Modificar la Disposición Tercera de la Orden de 26 de diciembre de 1988 que concede una subvención para la urbanización y rehabilitación de
18 viviendas. A la vista de la cual la citada disposición queda redactada en los siguientes términos:
"Tercero: el abono de la subvención se efectuará conforme al grado de ejecución de las obras con arreglo a las siguientes fases y porcentajes:
20% a la publicación en el BOJA de la Orden de concesión de la subvención.
80% mediante certificaciones mensuales de obra ejecutada"
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de julio de 1990
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes, en funciones
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
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