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En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 19 de junio de 1990, por la que se aprueba la oferta de empleo público del Servicio Andaluz de Salud, al haberse producido nuevas vacantes por las necesidades de servicio de los centros asistenciales, se incrementa por la presente Resolución el número de plazas convocadas, de conformidad con el Punto Tercero de la Resolución citada, y a tenor de lo establecido en el Real Decreto 118/1991, de 25 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, esta Dirección Gerencia en virtud de las competencias que le han sido asignadas por Decreto 80/1987, de 25 de marzo, de ordenación y organización del Servicio Andaluz de Salud, acuerda convocar pruebas selectivas para ingresar en los Grupos de Personal de Oficio (categoría de Cocinero, Peluquero, Albañil, Fontanero, Electricista, Mecánico, Carpintero, Jardinero y Pintor) y de Servicios Especiales (categoría de Telefonista) del Estatuto de Personal no Sanitario, con sujeción a las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
1.- NORMAS GENERALES.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas del Grupo de Personal de Oficio y del Grupo de Servicios Especiales de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, adscritas al SAS., mediante el sistema de concurso-oposición, en número y categorías que a continuación se relacionan:
GRUPO PERSONAL DE OFICIO:
* Categoría de Cocinero (Grupo C): 40 plazas. De las cuales 20 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 20 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Peluquero (Grupo D): 5 plazas. De las cuales 2 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 3 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Albañil (Grupo D): 13 plazas. De las cuales 6 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 7 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Fontanero (Grupo D): 46 plazas. De las cuales 23 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 23 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Electricista (Grupo D): 45 plazas. De las cuales 22 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 23 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Mecánico (Grupo D): 89 plazas. De las cuales 44 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 45 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Carpintero (Grupo D): 6 plazas. De las cuales 3 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 3 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Jardinero (Grupo D): 15 plazas. De las cuales 7 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 8 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
* Categoría de Pintor (Grupo D): 22 plazas. De las cuales 11 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 11 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
GRUPO DE SERVICIOS ESPECIALES:
* Categoría de Telefonista (Grupo D): 54 plazas. De las cuales 27 plazas reservadas al sistema de promoción interna, y 27 plazas reservadas al sistema de acceso libre.
El total de plazas vacantes, según categorías, se distribuyen por provincias, conforme se contempla en el Anexo III.
Del total de plazas vacantes se establece en el sistema de acceso libre un cargo de reserva para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con el apartado 4 del Punto Sexto de la Resolución de 19 de junio de 1990 por la que se aprueba la oferta de empleo público del SAS. y Decreto 38/1991, de 19 de febrero, de la Consejería de la Presidencia, que asciende según categorías a:
- Categoría de Cocinero: 1 plaza.
- Categoría de Fontanero: 1 plaza.
- Categoría de Electricista: 1 plaza.
- Categoría de Mecánico: 3 plazas.
- Categoría de Jardinero: 1 plaza.
- Categoría de Pintor: 1 plaza.
- Categoría de Telefonista: 2 plazas.
En el caso de que las plazas reservadas en este cupo no se cubran, se acumularán a las del sistema de acceso libre.
1.2. A efectos de lo previsto en el punto anterior, se tendrá en cuenta la siguiente regla:
1.2.1. Los aspirantes sólo podrán participar para cada categoría a través de uno de los dos sistemas de acceso señalados. En caso de que en la solicitud de admisión se reseñen ambos sistemas, la Administración de oficio, procederá a admitirlo por el sistema de promoción interna, siempre y cuando reúna los requisitos exigidos para participar por dicho sistema y se acredite por el interesado en la forma establecida en la Base 3.2.4. En caso de no reunir los requisitos exigidos, y de oficio por la Administración, será admitido por el sistema de acceso libre.
1.3. Las plazas reservadas al sistema de promoción interna o a personas con minusvalía de grado igual o superior al 33% que queden sin cubrir, se acumularán a las del sistema de acceso libre.
1.4. A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables el Real Decreto 118/1991, de 25 de enero, el Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de septiembre, la Resolución de 19 de junio de 1990 del Servicio Andaluz de Salud y las Bases de la presente convocatoria.
1.5. La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados se efectuará de acuerdo con la calificación final obtenida por estos, una vez aplicado lo dispuesto en la Base 1.7., si bien los aspirantes aprobadosl que ingresen por el sistema de promoción interna tendrán preferencia sobre los que ingresen por el sistema de acceso libre para elegir plazas.
1.6. Las pruebas selectivas constarán de la fase de oposición y de concurso, y se realizarán con carácter descentralizado por provincias. La fase de oposición constituye la obligada realización de los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos de carácter eliminatorio:
Grupo D: Categorías de Peluquero, Albañil, Fontanero, Electricista, Mecánico, Carpintero, Jardinero, Pintor y Telefonista.
PRIMER EJERCICIO: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de sesenta preguntas con dos respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa (materias comunes y específicas) de estas pruebas, que se incluye como Anexo V. El tiempo máximo para su realización será de sesenta minutos. Se calificará de cero a treinta puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 15 puntos.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en resolver un supuesto práctico que tendrá como finalidad valorar las aptitudes, conocimientos y capacidad profesional de los aspirantes en relación con las funciones propias de la categoría para la que se concursa.
El tiempo máximo para su realización será de cuarenta y cinco minutos. Se calificará de cero a treinta puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 15 puntos.
La calificación final de la fase de oposición será la suma de las calificaciones de los dos ejercicios.
Grupo C: Categoría de Cocinero.
PRIMER EJERCICIO: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien preguntas con dos respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa (materias comunes y específicas) de estas pruebas, que se incluye como Anexo V. El tiempo máximo para su realización será de cien minutos. Se calificará de cero a treinta puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 15 puntos.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en resolver un supuesto práctico que tendrá como finalidad valorar las aptitudes, conocimientos y capacida profesional de los aspirantes en relación con las funciones propias de esta categoría.
El tiempo máximo para su realización será de cuarenta y cinco minutos. Se calificará de cero a treinta puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 15 puntos.
La calificación final de la fase de oposición será la suma de las calificaciones de los dos ejercicios.
1.7. La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se estructura en los dos apartados siguientes:
1.7.1. De aplicación a todos los aspirantes tanto procedan del sistema en de promoción interna como del sistema de acceso libre con puntuación en fase e concurso, que se resolverá mediante la valoración de uno de los siguientes aspectos:
A) Por cada mes completo de servicios prestados en la plantilla o como contratado en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social ............ ........................................................ 0,35 puntos.
B) Por poseer plaza en propiedad en categoría de igual o de inferior grupo de clasificación de la categoría a la que se concursa, dentro del Estatuto de Personal no Sanitario..9 puntos.
Los puntos A) y B) son excluyentes estre sí.
1.7.2. Sólo de aplicación a los aspirantes que concursan por el sistema de promoción interna que cumplan los requisitos específicos establecidos en la Base 2.2., a los que se aplicará una puntuación adicional, hasta un máximo de 6 puntos, atendiendo a los siguientes aspectos:
A) Titulación Académica oficial superior no exigida en la convocatoria ........................................................... 1 punto.
B) Desempeño de otros puestos de superior categoría con el oportuno nombramento o encargo de funciones:
B.1. Puesto de superior categoría desempeñado por un período mínimo de tres meses hasta un año ................................ 0,5 puntos.
B.2. Puesto de superior categoría desempeñado por más de un año hasta tres años ................................................. 1 punto.
B.3. Puesto de superior categoría desempeñado por más de tres años hasta seis años ................................................. 2 puntos.
B.4. Puesto de superior categoría desempeñado por más de seis años ..... ........................................................... 3 puntos. Serán excluyentes entre sí, valorándose únicamente el puesto desempeñado por un período de mayor duración.
C) Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la categoría a la que se concursa, impartidos por el Instituto Andaluz de Administración Pública, Escuela Andaluza de Salud Pública, Servicio Andaluz de Salud u otros Organismos Públicos encargados de la formación de personal, por cada 15 horas lectivas una puntuación de 0,15 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de oposición.
1.7.3. Para la valoración de los mértos contemplados en la Base 1.7.1., los aspirantes acompañarán a la solicitud de admsión, certificación original de servicios prestados donde se hará constar con precisión los períodos a que corresponden, o certificación original en la que se contenga mención expresa de poseer plaza en propiedad como personal de plantilla en el Estatuto de Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, expedidos por las Gerencias Provinciales del Servicio Andaluz de Salud, por las Direcciones Provinciales del INSALUD o por los Organismos correspondientes en aquellas Comunidades Autónomas que tengan transferidos los servicios sanitarios de la Seguridad Social. Dichos servicios sólo serán valorables hasta el día de publicación en BOJA. de la presente Resolución.
1.7.4. Para la valoración de los méritos contemplados en la Base 1.7.2., se adjuntará a la solicitud de admsión la documentación acreditativa debidamente compulsada que justifique dichos méritos.
1.7.5. La puntuación obtenida en esta fase se añadirá, a fin de determinar la calificación final de cada aspirante, a la obtenida en la fase de oposición, siempre que en esta última se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar.
1.8. Las pruebas selectvas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:
1.8.1. El primer ejerccio de la fase de oposición se iniciará a partir del 1 de octubre del año en curso, determinándose en la Resolución que se indica en la Base 6.1. la fecha exacta de su realización.
1.8.2. La valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública junto con la lista de aprobados del primer ejercicio, siendo aplicados una vez se superen los correspondientes ejercicios de la fase de oposición.
1.9. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. A estos efectos, deberán reseñar en su solicitud con exactitud las adaptaciones precisas.
1.10. No se exigirá a los participantes el pago de derechos de exámen.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos indicados a continuación en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión:
2.1.1. Poseer la nacionalidad española.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
2.1.3. Para las categorías de Peluquero, Albañil, Fontanero, Electricista, Mecánico, Carpintero, Jardinero, Pintor y Telefonista: Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Para la categoría de Cocinero: Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
2.2. Los aspirantes por promoción interna deberán reunir además los siguientes requisitos el día de publicación en BOJA. de la presente convocatoria.
2.2.1. Pertenecer a grupos de clasificación de inferior categoría del Estatuto de Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, con destino en plaza en propiedad del Servicio Andaluz de Salud.
2.2.2. Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo, situación especial en actvo y servicos especiales (art. 29.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto), en alguno de los grupos enunciados en el apartado anterior.
2.2.3. Tener una antiguedad de al menos dos años de servicios efectivos prestados con plaza en propiedad en el grupo desde el que se concursa.
3.- SOLICITUDES.
3.1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I y II de esta convocatoria, serán facilitadas en los Servicios Centrales y Gerencas Provinciales del Servicio Andaluz de Salud.
3.2. A la solicitud se acompañará los siguientes documentos:
3.2.1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
3.2.2. A) Fotocopia compulsada del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, para las categorías de Peluquero, Albañil, Fontanero, Electricista, Mecánico, Carpintero, Jardinero, Pintor y Telefonista.
B) Fotocopia compulsada del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente para la categoría de Cocinero.
3.2.3. Certificación original de servicios prestados o de estar en posesión de plaza en propiedad, exigida para los aspirantes que participen en la fase de concurso, conforme se indica en la Base 1.7.3.
3.2.4. Los aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna deberán presentar certificación original expedida por las Gerencias Provinciales del SAS. donde presten servicio, en la que se contenga mención expresa del Grupo de clasificación de inferior categoría y descripción de la categoría del Estatuto de Personal no Sanitario al que pertenecen como personal de plantilla con plaza en propiedad del Servicio Andaluz de Salud, situación administrativa y antiguedad en plantilla en dicho Grupo, todo ello referido al día de publicación de la presente convocatoria. Asimismo, adjuntarán documentación acreditativa, que justifique la puntuación adicional, conforme se recoge en la Base 1.7.4.
3.3. En la tramitación de sus solicitudes los aspirantes tendrán en cuenta:
3.3.1. Las solicitudes se dirigirán al Gerente Provincial del SAS. de la correspondiente provincia donde el aspirante desee realizar las pruebas selectivas y concursar a las plazas vacantes anunciadas en la misma, según se determina en el Anexo III. A la solicitud se acompañará los documentos señalados en la Base 3.2.
3.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.3.3. La presentación de solicitudes podrá efectuarse en el Registro de la respectiva Gerencia Provincial del SAS. o por correo certificado, en los términos previstos en el artículo 66.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Las instancias que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, como preceptua el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Los méritos valorados por el Tribunal calificador serán los alegados por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en consideración los obtenidos con posterioridad a la finalización de dicho plazo.
3.4. El aspirante deberá observar las instrucciones para la cumplimentación de su solicitud indicadas en el reverso de la misma. (Anexo II).
3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitud. El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del concursante, tanto los errores en la consignacón del mismo como la no comunicación de cualquier cambio de domicilio.
3.6. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo, si la solicitud no reuniera los datos exigidos o no se aportaran los documentos previstos en estas bases, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta.
3.7. El aspirante que se presente a distintas categorías, deberá presentar una instancia por cada una de ellas.
4.- ADMISION DE SOLICITUDES
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente Provincial publicará en los tablones de anuncios de la respectiva Gerencia Provincial del Servicio Andaluz de Salud, Resolución por la que se aprueba la lista provisional de concursantes admitidos y excluídos, con expresión, en su caso, de las causas de exclusión. Dicha Resolución contendrá unicamente los aspirantes que concursan a plazas vacantes de esa provincia en concreto.
4.2. Se concederá un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamación ante el Gerente Provincial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Transcurrido dicho plazo, se publicará, de igual forma que la prevista en el apartado anterior, la lista definitiva de admitidos y excluídos en la que se resolverán las reclamaciones presentadas contra la lista provisional.
4.3. Contra la Resolución que eleve a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluídos podrá interponerse recurso de reposición ante la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en los tablones de anuncios de la respectiva Gerenca Provincial del Servicio Andaluz de Salud.
5.- EL TRIBUNAL
5.1. Se constituye un Tribunal calificador por cada una de las categorías que se convocan, recogiéndose como Anexo IV a esta convocatoria, los cuales están integrados por un Presidente, tres Vocales y un Secretario, todos ellos con voz y voto.
El Tribunal calificador de cada categoría coordinará la actuación de los Tribunales auxiliares que se constituyan en cada una de las provincias andaluzas, correspondiéndole la adopción de las medidas necesarias para la correcta realización de las pruebas, así como determinará el contenido de las mismas.
Tanto el Tribunal calificador como los Tribunales auxiliares para las categorías de Peluquero, Albañil, Fontanero, Electricista, Mecánico, Carpintero, Jardinero, Pintor y Telefonista, tendrán la categoría de cuarta de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA nº 31 de 21/4/89).
El Tribunal calificador y los Tribunales auxiliares que se constituyen para la categoría de Cocinero, tendrán la categoría de tercera del Anexo V del citado Decreto.
5.2. Cada uno de los ocho Tribunales auxiliares que se constituyan estarán formados por un Presidente, tres Vocales y un Secretario. El Presidente de cada uno de los Tribunales auxiliares será el Gerente Provincial del SAS donde radiquen las vacantes o persona en quien delegue. El resto de los miembros del Tribunal Gerente Provincial entre el personal estatutaro o funcionario que preste servicios con una vinculación profesional de carácter fijo en el ámbito de la provincia de que se trate, y que esté en posesión de titulación igual o de superior nivel académico a la exigida a los aspirantes que se seleccionan. La relación nominal de los miembros de los Tribunales auxiliares de cada categoría, tanto titulares como suplentes, se hará pública con una antelación de un mes, como mínimo, a la fecha de realización del primer ejercicio, medante acuerdo del Gerente Provincial en los tablones de anuncios de la respectiva Gerencia Provincial del SAS. Dicho acuerdo nombrando a los miembros de los Tribunales auxiliares será remitido con suficiente antelación al Tribunal calificador.
5.3. Uno de los vocales de cada Tribunal auxiliar será propuesto por la Junta de Personal al servicio de las Instituciones Sanitarias existentes en la provincia a la que pertenecen las vacantes, para lo cual el Presidente de la misma será requerido por el Gerente Provincial del SAS a estos efectos. Si en el plazo de quince días desde el requerimiento no se formulase propuesta, el vocal se designará por el Gerente Provincial.
5.4. A los Tribunales auxiliares le corresponden las funcones de adoptar cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas en su respectiva provincia y todas aquellas que le sean asignadas expresamente por el Tribunal calificador.
5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recursar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el apartado anterior.
5.6. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal calificador con un mínimo de diez días de antelación a la realización el primer ejercicio, con asistencia de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas la decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.7. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Presidente titular o suplente.
5.8. El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los aspirantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalía este sentido, que lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
Si en la realización de los ejercicios se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante por el cupo de reserva de discapacitados para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por el personal de la misma categoría, podrá recabar, previa consulta con el Gerente Provincial del SAS., el correspondiente dictamen de los órganos competentes de la Consejería de Asuntos Sociales.
5.9. El Presidente del Tribunal adoptaqrá las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio escrito de la fase de oposición, sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
El Tribunal exluirá aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuran nombre, rasgos, marcas o signos que permtan conocer la identidad del opositor.
5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal calificador tendrá su sede en la Avenida de la Constitución, nº 18 (41001-SEVILLA).
6.- EL DESARROLLO DE LAS PRUEBAS
6.1. A fin de conseguir que las pruebas selectivas se desarrollen en las distintas Gerencias Provinciales de manera coordinada y uniforme, cada uno de los ejercicios de la fase de oposición para cada categoría tendrán lugar el mismo día y a la misma hora en todas las Gerencias Provinciales. A estos efectos, la Dirección-Gerencia del SAS., a propuesta del Tribunal calificaor, dictará resolución que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" determinando el día y a la hora de celebración de los ejercicios, así como el lugar de su realización en cada provincia.
6.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3. Si en el transcurso del procedimiento selectivo, el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Gerente Provincial del SAS., comunicándole asímismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos procedentes. Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso de reposición ante la Dirección-Gerenca del Servicio Andaluz de Salud.
6.4. Los aspirantes serán convocaos para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluídos de la fase de oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. No se considerará causa justificada, el hallarse el aspirante examinándose para pruebas selectivas en otra provincia.
7.- LISTA DE APROBADOS
7.1. Concluído cada uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición correspondiente a cada categoría, el Tribunal calificador hará pública, en los lugares indicados en la Base 4.1., las relaciones de aspirantes que hayan superado el ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida y del documento nacional de identidad. Los opositores que no se hallen incluídos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos.
7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios de la respectiva Gerencia Provincial a que van referidas las plazas vacantes, la relación definitiva de aspirantes aprobados según sistemas de acceso por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los dos ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso para los aspirantes con derecho a ella, y la suma total. Dicha lista tendrá la consideración de propuesta del Gerente Provincial del SAS. y será vinculante salvo que se hubiera incurrido en defectos esenciales de procedimiento.
Al mismo tiempo y en el mismo lugar, se publicará la relación de plazas y destinos ofreciso a los seleccionados.
7.3. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
8. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y ELECCION DE PLAZAS
8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieren públicas en los lugares indicados en la Base 4.1. las relaciones definitivas de aprobados, estos deberán presentar ante el Gerente Provincial del SAS. la petición de elección de plazas con destino concreto a la vista de las vacantes ofertadas, acompañada de los siguientes documentos:
A) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinaro de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
B) Certificao jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse
B) Certificado médico acreditativo de aptitudes psicofísica que se acreditará mediante reconocimiento médico en los servicios de Medicina Preventiva o Medicina Interna de cualquier Centro del SAS., del INSALUD, o de los Organismos correspondientes en aquellas Comunidades Autónomas que tengan transferidos los servicios sanitarios de la Seguridad Social. Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de los Organos competentes de la Consejería de Asuntos Sociales, que acredite tal condición y capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas objeto de esta convocatoria.
C) Los aspirantes seleccionados que accedan por el sistema de promoción interna no tendrán que presentar ninguna documentación.
8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del exámen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base 2, no podrán ser nombrados personal estatutario de plantilla y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9.- NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESION
9.1. El Gerente Provincial del SAS. elevará a la Dirección-Gerencia del SAS., propuesta de nombramiento de los aspirantes seleccionados con expresión del destino concreto adjudicado. La Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, nombrará a los mismos con expresión del destino.
9.2. En el plazo improrrogable de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del nombramiento en BOJA., deberán los interesados incorporarse a sus respectivos destinos perdiendo los derechos de las pruebas selectivas quienes dejaran pasar el plazo para incorporarse, salvo los casos de fuerza mayor.
Tales nombramientos serán remitidos a la Gerencia Provincial del Servicio Andaluz de Salud a la que correspondan las plazas, a efectos de su entrega a los interesados, previa presentación por parte de los mismos de la declaración de no encontrarse en situación de incompatibilidad para el desempeño de la plaza, o bien haber efectuado la opción regulada por el artículo 10 de la Ley 53/1.984, de 26 de diciembre.
10.- NORMA FINAL
10.1. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones de los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.
10.2. Asímismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo.
Sevilla, 24 de mayo de 1991.- El Director Gerente, José Luis García de Arboleya Tornero.
(Véanse Anexos I, II y III)
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE COCINERO
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENENCH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTANA CORTES.
Titular: ENRIQUE AMIEVA MORINA.
Suplente: ARACELI ORTIZ ARTEAGA.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE PELUQUERO
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTANA CORTES.
Titular: ANTONIO VERA BORRIQUERO.
Suplente: JOSE A. MARTOS MEDINA.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA ALBAÑIL
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTAMAR CORTES.
Titular: ANTONIO ALBERDI CARVAJAL.
Suplente: ALFONSO ALBERDI MEJIAS.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ VAZQUEZ.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE FONTANERO
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTAMAR CORTES.
Titular: ANTONIO VERA BORREGUERO.
Suplente: JOSE A. MARTOS MEDINA.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE ELECTRICISTA
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTAMAR CORTES.
Titular: ANGEL TOCINO FERRERA.
Suplente: JOSE L. MARQUEZ SANCHEZ.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE MECANICO
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTAMAR CORTES.
Titular: JOSE A. MARTOS MEDINA.
Suplente: ANTONIO VERA BORREGUERO.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE CARPINTERO
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTANAR CORTES.
Titular: JOSE L. HEREDIA HERNANDEZ.
Suplente: M. ANGELES GAMEZ IBAÑEZ.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE JARDINERO
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SAVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTANAR CORTES.
Titular: RICARDO ALMAGRO CANTUDO.
Suplente: JOSEFA HUALDA JIMENEZ.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE PINTOR
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTANAR CORTES.
Titular: ALFONSO ALBERDI MEJIAS.
Suplente: ANTONIO ALBERDI CARVAJAL.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO IV
TRIBUNAL CATEGORIA DE TELEFONISTA
PRESIDENTE: Titular: ALFONSO PRIETO RODRIGUEZ.
Suplente: FERNANDO RODRIGUEZ ALMODOVAR.
VOCALES: Titular: FRANCISCO PADILLA ORTEGA.
Suplente: JOAQUIN CLEMENT DOMENECH.
Titular: SALVADOR ALBARCA CORPAS.
Suplente: FERNANDO QUINTANAR CORTES.
Titular: ENRIQUE GONZALEZ MARTIN.
Suplente: PILAR MORENO GONZALEZ.
SECRETARIO: Titular: ANTONIO RUIZ VAZQUEZ.
Suplente: ISABEL JIMENEZ MOGUER.
ANEXO V
TEMARIO GRUPO PERSONAL DE OFICIO Y DE SERVICIOS ESPECIALES D.O. TEMAS COMUNES
1 La Constitución Española: Principios fundamentales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Los principios rectores de la política social y económica. Garantías de las libertades y derechos. Las Comunidades Autónomas.
2 El estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias recogias en el Estatuto. El Parlamento de Andalucía. El Consejo de Gobierno y el Presidente de la Junta de Andalucía. La Administración de Justicia de Andalucía.
3 El Contrato Administrativo: Naturaleza jurídica. Clases: El Contrato de obras; el contrato de Gestión de servicio público; el contrato de suministro.
4 La organización sanitaria del Estado: La Ley General de Sanidad: Principios inspiradores de la Ley recogidos en su Preámbulo y Título Preliminar. El Sistema de Salud. Competencias de las diferentes Administraciones Públicas en materia de salud.
5 La organización sanitaria andaluza: El Servicio Andaluz de Salud: La Ley del Servicio Andaluz de Salud y su desarrollo.
Naturaleza y atribuciones del S.A.S. Estructuras y ordenación funcional.
6 El personal al servicio del Sistema Nacional de Salud: los estatutos de personal (1): descripción y clasificación del personal. Tratamiento específico en la Ley General de Sanidad : el Estatuto-Marco.
7 El personal al servicio del Sistema Nacional de Salud: los estatutos de personal (2): El Estatuto de Personal no Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (1): consideraciones generales, ámbito de aplicación, estructura interna y contenido. Clasificación del personal. Funciones de cada categoria.
8 El personal al servicio del Sistema Nacional de Salud: los estatutos de personal (3): El Estatuto de Personal no Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social (2): situaciones administrativas; derechos y deberes; régimen disciplinario y competencias actualizadas en materia de personal.
9 Reglamento de seguridad e higiene. Generalidades. Protecciones generales y personales.
C.1. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoría de Cocinero)
10 El servicio de hostelería. Organigrama y funciones. Unidad de Dietética y Nutrición. Clínica, organigrama y funciones.
11 Servicio de cocina. Organigrama y funciones.
12 Relaciones del servicio de cocina con: Unidad de Dietética, Enfermería, Servicios Médicos, Administración.
13 Sistema de pedidos de planta y horario.
14 Arquitectura, zonas de trabajo, cámaras, almacén, equipamiento, circuito limpio-sucio y marchas adelante.
15 Aprovisionamiento: sistema de adjudicación de proveedores. Control de calidad y características técnicas. Control de entradas y salidas. Sistema de pedidos. Cálculo de stock para alimentos perecedores y no perecederos.
16 Sistema de cocción centralizado. Cadena fría y cocción al vacío. Maquinaria de alta productividad. Características, medios, ventajas e inconvenientes.
17 Sistema de emplatado: tradicional, centralizado. Características, medios, ventajas e inconvenientes.
18 Sistema de distribución, cadena caliente, cadena fría. Características, medios, ventajas e inconvenientes.
19 Fundamentos de dietética: principios inmediatos, recomendaciones dietéticas. El paciente hospitalario, características. Grupos de alimentos procesados.
20 Planificación de los menús y características de los menús de hospital: el código de dietas. Variedad. Rotación. Criterios de selección de platos. Fichas técnicas de platos.Estandarización de platos. Gramage. Presentación. Técnicas culinarias. Nuevas tecnologías.
21 El menu basal: características. El menú pediátrico:
Preescolar y escolar. La dieta libre. Cocina dietética. El menú opcional. Características y formas de realización.
22 Dietas terapéuticas I: características de las dietas por: Consistencia (líquida, semilíquida, blanda y turmix); Resíduos (rica o astringente); calorías (hipocalóricas e hipercalóricas); Proteinas (a
30 gramos o a 50 gramos).
23 Dietas terapéuticas II: Hiposódica. Diabética (a 1.500 calorías, a
2.000 calorías). Dieta pobre en oxalatos. Dieta pobre en purinas. Ovolactofarináceas. De exploración. Pobres en lípidos y colesterol. Dietas para pancreatitis. Dietas postquirúrgicas (gastrectomía y resección intestinal).
24 Recepción, almacenamiento, conservación y manipulación de alimentos y comidas.
25 Normas de personal manipulador.
26 Normas generales de los locales y diferentes dependencias.
27 Plan general de limpieza, desinfección, desinsectación, desratización. Puntos críticos, evaluación y riesgos.
28 Programas de control higiénicos-sanitarios, dentro del programa de alimentación.
29 El plazo testigo.
D.1. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoría de Peluquero)
10 Productos básicos y generales de aplicación en peluquería. Agua oxigenada. Volúmen, mezcla de volúmenes, manejo, empleo, presentación, el amoniaco, el alcohol. Desinfección, nociones.
11 La Piel. Soporte de todo trabajo en peluquería.
12 Terapéutica de urgencias. Heridas, lesiones musculares, quemaduras, lesiones por electricidad, accidentes oculares.
13 El cabello. Concepto, tal como es. Estructura del mismo. Su ciclo vital. Propiedades que lo caracterizan. Catalogalización.
14 Rasurados para las intervenciones quirúrgicas programadas. De cabeza, de la pelvis, etc.
15 Materiales utilizados en peluquería. Utiles.
16 Productos utilizados en rasurado y afeitado. Tipos de jabones, lociones, etc.
D.2. MATERIAS ESPECIFICAS(Categoria de Albañil)
10 Materiales utilizados en la construcción.
11 Herramientas básicas y equipos.
12 Falsos techos: método de realización.
13 Mantenimiento específico de tejados, bajadas de aguas pluviales, chimeneas y red de alcantarillado.
14 Construcción de muros y tabiques. Elementos necesarios y método de realización.
15 Enfoscados. Tipos, materiales necesarios y ejecucción.
16 Aislamiento, corrección de humedades, revestimientos refractarios y reposición de azulejos y baldosas.
D.3. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoria de Fontanero)
10 Tratamientos de aguas. Desalcificadores. Dureza total y temporal.
11 Grupos de presión. Bombas y acumuladores.
12 Materiales utilizados en instalaciones de fontanería.
13 Accesorios: grifería y valvulería. Clasificación.
14 Uniones de piezas. Soldadura: materiales a emplear. Elementos plásticos.
15 Corte y colocación de cristales. Materiales y herramientas a emplear.
16 Estaciones depuradoras de aguas residuales.
D.4. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoría de Electricista)
10 Circuitos eléctricos. Ley de Ohm. Potencia eléctrica. Efecto Joule: Fusibles.
11 Resistencias. Agrupamiento de resistencias en serie y en paralelo. Caída de potencial.
12 Corriente alterna (C.A.). Producción de C.A. Potencia en C.A. Clases de C.A. Distintos tipos de circuitos.
13 Aparatos de medida: Galvanómetros; Amperímetros; Voltímetros.
14 Aparatos de maniobra y mando. Generalidades. Pulsadores. Selectores. Interruptores final de carrera. Selectores de levas.
15 Revisiones eléctricas en quirófanos y áreas especiales. Monitor detector de fugas. Puestas a tierra. Conductores de equipotencialidad. Protecciones de magnetotérmicos y diferenciales. Controles períodicos. Suelos antielectrostáticos. Tomas de corriente y cables de conexión. Iluminación. Medidas de resistencia.
16 Tipos de aislamientos contra riego eléctrico. Clasificaciones. Protección contra riesgos de descargas eléctricas.
D.5. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoría de Mecánico)
10 Soldadura eléctrica: Tipos. Materiales. Tipos de electrodos.
11 Soldadura con llama. Gases empleados. Manipulación y cuidados. Accesorios para conducción de gases. Diferentes tipos de soplete. Regulación y control de la llama. Metales de aportación.
12 Gases medicinales. Puros. Mezclas, clasificación. Seguridad: almacenamiento, mantenimiento y utilización de botella.
13 Herramientas y accesorios. Tornillería, tipos de rosca. Rodamientos, tipos.
14 Operaciones básicas. Mantenimiento y engrase de máquinas y herramientas.
15 Esquema básico de un equipo frigorífico. Gases empleados en refrigeración.
16 Sistemas contra incendios. Red de distribución. Puesto de manguera equipado. Grupo de presión.
D.6. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoría de Carpintero)
10 Maderas. Tipos, características y su utilización.
11 Tratamientos de la superficie de la madera: preparación, lijado e imprimación.
12 Pinturas, barnices, colas y protección para maderas. Clasificación y usos.
13 Herramientas y equipos: Herramientas fijas del taller. Máquinas a emplear: tipos y usos. Herramientas de uso manual: descripción y uso.
14 Diferentes tipos de persianas y ventanas. Funcionamiento y reparación. Tipos de cierre.
15 Diferentes tipos de puertas: materiales empleados, tipos de cierre, marcos, etc.
16 Accesorios: tornillería, puntilla, cerradura, bisagras, etc. nomenclatura.
D.7. MATERIAS ESPECIICAS (Categoría de Jardinero)
10 La Tierra. Distintas clases de suelo, arcillosos, arenosos, calcáreos, humíticos. Distintas tierras en jardinería; turba y humus (ácido, dulce). Tierras ácidas: castaño, brezo, bosque en general.
11 Fertilización. Clases de abono. El estiércol: tipos de estiércol, los abonos químicos (nitrogenados, fosfatados, potásicos), tipos de fertilización.
12 El agua. Riego de las plantas. El riego según épocas del año. El riego según tipo de plantas. La mejor hora para regar las plantas. Distintas clases de agua: lluvia, pozo, manantial, río, conducción.
13 Siembras. Preparación del terreno para la siembra. Germinación de semillas.. Epoca de siembra. Siembra en plena tierra. Siembra en semillero. Siembra en cama templada. Las hormigas y las semillas. La obscuridad y la germinación. El repicado. Siembra de Otoño. El esqueje y la estaca. Distintas clases de esqueje: cómo se planta, cómo se corta. Estaca: esquema de tallo-leñoso.
14 Clases de plantas. Vicaces. Anuales. Perennes. Plantas de sol. Plantas de sobra. Los setos: Setos de ciprés, espinosos y de enredadera. Poda de arbustos de flor, poda del rosal y de las enredaderas.
15 Los árboles. Arboles de hoja caduca. Arboles de hoja perenne. Cómo se planta un árbol. Trasplante de árboles: con cepellón, a raíz desnuda, la mejor época para el transplante. Las coníferas. Las palmeras. La poda de los árboles.
16 El césped y la grama. Preparación del terreno para plantar el césped. Distintos tipos de césped. La grama y el gramón. El césped y la grama plantados juntos. La fertilización del césped y/o grama. La elección del césped y/o grama, según el terreno y el clima. Las malas hierbas.
D.8. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoría de Pintor)
10 Herramientas y su utilización.
11 Pinturas de interiores y sus clases. Características. Distintos usos.
12 Pinturas de exteriores. Tipos de pintura a emplear. Tratamiento de superficies.
13 Disolventes. Clasificación y usos. Protecciones personales.
14 Preparación de superficies; mampostería, metal y madera.
15 Colores. Obtención de colores mediante mezclas.
16 Equipos y accesorios para pintar a pistola.
D.9. MATERIAS ESPECIFICAS (Categoría de Telefonista)
10 La atención telefónica mediante centralita automatizada. Aspectos profesionales y funcionales. Los principios de atención, información, comunicación y derivación.
11 La automatización de las centralitas. Características funcionales de las líneas telefónicas. Directorios y programación.
12 El sistema IBERCOM. Características fundamentales.
13 La tarificación automática. Principios funcionales y de control.
14 Los sistemas de seguridad de las centralitas. Seguridad dinámica: Principio de confidencialidad. Seguridad estática: los sistemas propios y los de alimentación ininterrumpida.
15 Sistema de transmisión por línea telefónica: Telefax.
16 Instalación de buscapersonas: manejo y utilización.
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