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La Ley 10/1988, de 29 de diciembre, creó el Instituto Andaluz de la Mujer, el Decreto 1/1989, de 10 de enero, por el que se aprueba su reglamento, faculta a este organismo para realizar cuantas actividades sean requeridas para el logro de sus fines. Siendo así que el artículo
2. de su ley de creación ordena al Instituto promover las condiciones que hagan posible la participación y presencia de la mujer en la vida cultural.
Este Instituto, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo noveno del Decreto 1/1989, y dentro de las disponibilidades presupuestarias, ha resuelto hacer pública la siguiente convocatoria:
Artículo primero: Se convocan 3 premios en cada una de las provincias de Andalucía para relatos y composiciones poéticas realizadas por alumnas de Centros de Adultos/as.
Artículo segundo: El contenido de los trabajos presentados versará sobre cualquier aspecto relativo a la mujer, debiendo utilizarse la lengua castellana.
Artículo tercero: Los relatos tendrán una extensión máxima de 10 folios y mínima de 5, mecanografiados a doble espacio por una sola cara. Las composiciones poéticas tendrán una máxima de 50 versos y un mínimo de 12.
Artículo cuarto: La dotación de los premios en cada provincia será la siguiente:
Un primer premio de 150.000 ptas.
Un segundo premio de 100.000 ptas.
Un tercer premio de 50.000 ptas.
Si a juicio del jurado ninguno de los trabajos presentados tuviese méritos suficientes para ser distinguido con el premio correspondiente se declarará desierto.
Artículo quinto: Los trabajos se presentarán en los Centros de la Mujer de cada provincia, antes del 1 de marzo de 1993, a través de cualquiera de las vías previstas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, aportando prueba suficiente de estar legitimada para participar.
La identificación de los trabajos se hará mediante seudónimo. En sobre aparte se hará constar el nombre, apellidos, domicilio y localidad de la participante.
Artículo sexto: No se admitirá a concurso más de un trabajo por participante y provincia.
Artículo séptimo: El jurado para adjudicación de premios será constituido al efecto en cada capital de provincia. Sus componentes, en mínimo de cinco, serán nombrados/as por la Ilma. Sra. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer.
Artículo octavo: El Instituto Andaluz de la Mujer se reserva durante un plazo no superior a doce meses, a partir de la adjudicación de los premios, el derecho a la publicación de los trabajos premiados. Los trabajos que no resulten premiados, podrán ser retirados dentro de los 30 días hábiles siguientes a la publicación del fallo del jurado. Los no reclamados serán destruidos.
Artículo noveno: La participación en el presente concurso supone la aceptación de todas las condiciones anteriormente expuestas.
Sevilla, 1 de febrero de 1993.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.
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