Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 10/8/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 27 de julio de 1994, por la que se convocan noventa y cinco becas para la realización de prácticas por alumnos universitarios a empresas radicadas en Andalucía.

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Dada la importancia que la realización de prácticas en Empresas tiene para la formación de los estudiantes universitarios en Andalucía, como elemento favorecedor e integrador en el mundo laboral de este colectivo, la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía ha suscrito Convenios de Colaboración y Cooperación con Empresas e instituciones radicadas en Andalucía. En consecuencia y en desarrollo de lo anteriormente mencionado, esta Consejería ha dispuesto:

Primero. Convocar noventa y cinco becas para la realización de parácticas por alumnos universitarios en Andalucía en las Empresas e Instituciones que se citan en el anexo II a la presente Orden.

Segundo. Las normas por las que se regirá la presente Convocatoria son las que se fijan en el anexo I.

Tercero. Queda autorizada la Dirección General de Universidades e Investigación para que adopte las medidas precisas en orden al cumplimiento y desarrollo de la presente Orden que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de julio de 1994

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia,

en funciones

ANEXO I

Normas para la realización de prácticas en Empresas e Instituciones radicadas en Andalucía.

1.- CARACTER DE LAS BECAS:

Las becas están destinadas a alumnos universitarios en Andalucía para completar su formación académica y el mantenimiento de los primeros contactos con el mundo laboral.

2.- CONDICIONES DE LOS SOLICITANTES:

Los alumnos que soliciten la realización de prácticas en las Empresas e Instituciones que figuran en el Anexo II a lo presente Orden, deberán reunir las condiciones siguientes:

a) Estar matriculados en cualquiera de las Universidades de Andalucía.

b) Estar cursando estudios de tercer ano en Escuelas Universitarias, el segundo ciclo en Facultades y Escuelas Técnicas Superiores o estar realizando el proyecto fin de carrera.

c) No estar en posesión del título de diplomado Ingeniero técnico, arquitecto técnico, licenciado Ingeniero o arquitecto con anterioridad a la publicación de la presente Orden.

d) Quedan exceptuados de la condición del punto anterior los diplomados que al presentar la solicitud, y sin solución de continuidad estén realizando estudios en cursos puente o de segundo ciclo en la carrera a la que de acceso directo la diplomatura adquirida.

3.- OBJETO DE LA BECA:

Las becas tienen como fin el que los alumnos que sean

seleccionados realicen prácticas laborales en las Empresas e Instituciones que figuran en el Anexo II.

4.- OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS E INSTITUCIONES:

4.1.- Las Empresas o Instituciones que hayan suscrito

Convenio con la Junta de Andalucía y acojan becarios en prácticas, además de cumplir lo estipulado en el Convenio, vienen obligadas a:

4.1.1.- No cubrir con los becarios ningún puesto de

trabajo en la Empresa o Institución.

4.1.2.- No tener con los becarios ningún tipo de

vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria.

4.1.3.- Las tareas que realicen los becarios durante

el período de prácticas no tendrá un fin en sí mismas y estarán totalmente relacionadas con el nivel de estudios y formación académica recibida por los alumnos. Por tanto dichas prácticas, no podran solaparse o coincidir con las que, para cada modalidad de contrato, establezca la

normativa vigente y/o los Convenios colectivos sectoriales a que hace referencia el Real Decreto-Ley 18/1993 de 3 de diciembre de medidas urgentes de Fomento a la Ocupación.

4.1.4.- Observar las normas vigentes en todo lo

relativo a la seguridad e higiene en el trabajo y a

Informar a los becarios de las mismas.

4.1.5.- Comunicar, necesariamente, a la dirección

General de Universidades e Investigación en el momento de la incorporación de los becarios a la Empresa o

Institución, los datos personales de los becarios y lo

ubicación de los mismos en los distintos departamentos de le Empresa o Institución con el fin de que dichos datos puedan ser enviados por la precitada Dirección General a las Delegaciones de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía que corresponda.

4.1.6.- Designar para cada titulación y nivel de

estudios solicitado, un Director de prácticas que deberá estar en posesión del título de diplomado Ingeniero

técnico, arquitecto técnico, licenciado, Ingeniero

arquitecto o doctor.

4.1.7.- Comunicar, de producirse, a la Dirección

general de Universidades e Investigación, a través de lo Universidad que corresponda, lo siguiente:

a) Las faltas de asistencia, las de disciplina Interna

de la Empresa o Institución y cualesquiera otra que. a

criterio del director de prácticos, puedan cometer los

becarlos durante el período de realización de las

prácticas.

b) Las renuncias que puedan producirse antes de

haberse cumplido el período de vigencia de las prácticas y la fecha exacta de dicha renuncia o incomparecencia del becarlo.

c) el número de contratos de trabajo, en cualquiera de

las modalidades previstas, que realice a los becarios

antes o inmediatamente después de haber concluido el

período de practicas que figura en el anexo II.

5.- CONDICIONES DEL DISFRUTE DE LAS BECAS Y

OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS.

5.1.- El disfrute de la beca comienza el mismo día de

Incorporación del becario a la Empresa o Institución para la que hubiese sido seleccionado en virtud de la

Resolución dictada al efecto y concluye, una vez

transcurrido el plazo de tiempo establecido en el Convenio y que figura en el anexo II.

5.2.- Aceptada una beca, el becario no podrá acceder a

otras dentro de la misma Convocatoria.

5.3.- Los becarios estarán obligados a cumplir el

horario pactado con la Empresa para la realización de

prácticas, el cual no podrá exceder, sin ningún caso, de cinco horas diarias o trescientas horas al trimestre, las normas de disciplina interna de la Empresa las líneas de trabajo para las que hubiera sido seleccionado y las

normas de higiene y seguridad en el trabajo.

5.4.- Los becarios deberán desarrollar eficazmente el

plan de formación previsto por la Empresa y seguir las

orientaciones del director de las prácticas.

5.5.- Los becarios deberán comunicar obligatoriamente

a la Dirección General de Universidades e Investigación a través de la Universidad correspondiente, lo siguiente:

A) La carencia de director de las practicas.

b) Las incidencias que puedan producirse como

consecuencia de la inadecuación de las prácticas que

realice, siempre que éstas sean distintas a la de las

líneas de trabajo para la que fuera seleccionado.

c) Las que considere necesarias, siempre que las

mismas están en relación directa con las prácticas que

realice.

d) La aceptación y renuncia a la beca.

La aceptación o renuncia a la beca deberá realizarla

el becario en el Vicerrectorado de Alumno, C.O.I.E. o

Centro que gestione la tramitación de estas ayudas.

e) La remisión de la encuesta y la memoria una vez

concluido el período de prácticas.

5.6.- El beneficio global de la beca se alcanza cuando

el becario cumpla en su totalidad el tiempo de práctica que figura en el anexo II, dentro de la Empresa o

Institución para la que hubiese sido seleccionado.

5.7.- Los becarios que renuncien a la beca antes de

cumplir un mínimo de sesenta horas de prácticas, no

tendrán derecho a percepción económica, pero 81 la

renuncie se produjera una vez superado dicho límite,

tendrán derecho a la parte económica proporcional que le corresponda en función del numero de horas de prácticas acreditadas por la Empresa mediante el correspondiente

certificado.

5.B.- La certificación oficial acreditativa del

tiempo y de las tareas realizadas en la Empresa o

Institución, le será entregada a los becarios que hayan concluido en su totalidad el tiempo establecido en el

Convenio y anexo II de la presente Orden.

5.9.- Los alumnos que renuncien a la beca antes de

concluir el período; de prácticas, no podrán acceder a

otras de las convocadas en la presente Orden ni en las que se convoquen dentro del curso académico 93-94.

5.10.- La presentación de la solicitud por parte de

los becarios, implica la aceptación del contenido de la presente Orden.

6.- CARACTERISITICAS DE LAS BECAS.

6.l.- Los alumnos que sean seleccionados recibirán la

comunicación de concesión de la beca a través de la

Universidad que corresponda, debiendo personarse en el

lugar que se les indique para aceptar o renunciar a la

beca que le ha sido concedida. La incomparecencia de los becarlos en el lugar y fecha señalados, presupone la

dejación de su derecho, y en consecuencia, la no

aceptación de la beca.

6.2.- El importe de la beca será el equivalente de

multiplicar el numero de meses de prácticas realizado por un modulo fijo de 40.000 pesetas/mes.

6.3.- La percepción del Importe total de la beca o de

la parte proporcional, caso de haber renunciado antes del tiempo establecido, que le corresponda a cada becario en función de horas de prácticas realizadas, le será

trasferido e la cuenta bancaria que estos indiquen en el Impreso de aceptación de la beca.

6.4.- El abono de dicho importe se realizar una vez

concluido el período de prácticas y recibidas en el

vicerrectorado, C.O.I.E, o Centro que gestione la

ayudas, la encuesta y la memoria a que se refiere el

punto 5.5 apartado e).

6.5.- Los becarios que realicen prácticas estarán

cubiertos, durante el período de realización de las

mismas, por un Seguro individual de accidente

intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia

médica.

6.7.- Las becas serán incompatibles en todo momento,

con las Becas de Colaboración y con cualesquiera otra no autorizada expresamente por la Dirección General de

Universidades e Investigación.

7.- SOLICITUDES.

7.1.- Las solicitudes se formalizarán en impresos

normalizados que estarán a disposición de los alumnos en los vicerrectorados de Alumnos, C.O.I.E.S., y en la

Dirección General de Universidades e Investigación de la Junta de Andalucía, sita en Avda. República Argentina, 21

7.2.- Las solicitudes irán dirigidas al Iltmo. o. Sr..

Director General de Universidades e Investigación y se

presentarán PREFERENTEMENTE en los C.O.I.E.S. de cada

Universidad o vicerrectorado de Alumnos, caso de no

existir C.O.I.E. en dicha Universidad, en la Dirección

General de Universidades e Investigación y en las

Instituciones establecidas al efecto en la Ley de

Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de

Andalucía y en la Ley del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.3.- Las solicitudes deberán ir acompañadas de los

siguientes documentos:

a) Fotocopia del N.I.F. del solicitante.

b) Fotocopia del resguardo de la matrícula.

c) Certificación académica personal o documento

equivalente. Cuando la aportación de estos documentos no sea factible podrá admitirse, con las reservas necesarias y hasta tanto no se aporten los documentos originales, la declaración jurada del solicitante, en la que deberá

hacerse constar, de forma clara y precisa, el número y

denominación de asignaturas en las que ha estado

matriculado y la calificación definitiva alcanzada en

cada una de ellas.

d) Currículum vitae del solicitante.

e) Los documentos acreditativos de posesión de los

conocimientos adicionales que figuran como tales dentro de los requisitos requeridos por la Empresa solicitada.

7.4.- Los alumnos presentarán una sola solicitud por

provincia, indicando en dicha solicitud las Empresas o

Instituciones en las que quieran participar.

7.5.- Los alumnos que sean seleccionados para poder

acceder a la beca deberán presentar los originales de los documentos anteriormente reseñados. La no presentación de dichos originales será causa suficiente para denegar la beca concedida

8.- SELECCION Y VALORACION DE LAS SOLICITUDES.

8.1.- Los alumnos solicitantes serán seleccionados por

una Comisión de Selección que se creará al efecto y

estará compuesta por un representante de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, uno de la Universidad que corresponda y dos representantes de la

Empresa o Institución que haya sido solicitada.

8.2.- La Comisión de Selección tendrá en cuenta a la

hora de evaluar las solicitudes lo siguiente:

a) Expediente académico del solicitante.

b) Adecuación de los estudios y del Currículum vitae

personal a las lineas y tareas de trabajo solicitadas.

c) Otros méritos o conocimientos incluidos en la

Convocatoria.

9.- PUBLICACION DE LAS RESOLUCIONES:

La Resolución de cada Convocatoria, convención de la-

Empresas y los becarios designados a cada una de ella, se hará pública en la Dirección General de Universidades e Investigación, en los vicerrectorados de los Alumnos y

C.O.I.E.S. de cada Universidad.

10.- PLAZO DE PRESENTACION.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el

día 15 de Septiembre de 1994.

ANEXO II

EMPRESAS RADICADAS EN GRANADA

AYUNTAMIENTO DE GRANADA

Becarios: CINCO

tiempo: TRES MESES.

Titulación y Líneas de trabajo:

- Un alumno de la Facultad de Ciencias, especialidad

Informática.- Confección de programas Informáticos sobre la materia.

- Tres alumnos de la E.U. de Biblioteconomía. - Cestion de bibliotecas. Animación a la lectura.

- Un alumno de la Facultad de Bellas Artes.- Imagen y

Publicidad.

CAJA GENERAL DE AHORROS DE GRANADA

Becarios: CINCUENTA Y NUEVE

Tiempo: DOCE MESES.

Lugar de realización: Granada, Sevilla, Málaga, Fuengirola, Marbella, Estepona, Huelva, Córdoba, Cádiz, Jaén, Linares Jodar, Martos, Ubeda, Baza, Guadix, Lanjarón, Loja y Motril

Titulaciones y líneas de trabajo:

- alumnos de 4º ó 5º curso de la Facultad de

Empresariales.- Contabilidad y control, gestión financiera Inversiones, Administración, Sucursales.

- AlumnQs de 4º o 5º curso de la Facultad de Derecho.-

Contabilidad y Control, Secretaría Técnica, Desarrollo

comercial .

- Alumnos de 4º ó 5º curso de Psicología.- Secretaría

Técnica.

- Alumnos de 4º ó 5º curso de Ciencias de la Información.- Gabinete de Presidencia.

- Alumnos de tercer curso de Ingeniería Técnica Industrial.- Secretaría Técnica.

COLEGIO DE E.G.B. DE LA CAJA GENERAL DE AHORROS

Becarios: DOS.

Tiempo: TRES MESES.

Lugar de realización: Colegio de E.G.B. "LA GENERAL"

Titulaciones y líneas de trabajo:

- Alumnos del último curso de Biblioteconomía y

Documentación.- Catalogación, Registro, Clasificación e Investigación en la Biblioteca.

PATRONATO MUNICIPAL DE EDUCACION INFANTIL

Becarlos: CINCO

tiempo: TRES MESES

Titulación y lineas de trabajo:

- Alumnos de los últimos cursos de Traductores e

Interpretes.- ReAlizar traducciones de documentos

periódicos de Actualidad en el campo de la Educación

Infantil. Adaptar el vocabulario habitual a una terminología más precisa y adecuada al contexto educativo.

- Alu nos de tercer curso de Magisterio E.G.B., Preescolar.- Fornación como educador en Escuelas Infantiles. Colaborar con los Maestros/as responsables de los grupos en el trabajo educativo. Elaborar materiales de uso habitual en el aula.

- Alumnos de tercer curso de Biblioteconomía.- Foraación en organización de bibliotecas. Actualizar el proceso técnico de las publicaciones de la biblioteca. Actualizar la base de datos Knosys. Colaborar en el control de prestamos en la biblioteca.

EMPRESAS RADICADAS EN SEVILLA

EMPRESA PUBLICA R.T.V.A.

Becarios: VEINTICUATRO

Tiempo: TRES MESES

Lugar de realización de las prácticas: Cualquiera de las capitales de provincia de la Comunidad Autónoma de

Andalucía.

Requisitos: Alumnos de cuarto y quinto curso de la Facultad de Ciencias de la Información.

Líneas de trabajo: Actividades diversas dentro del ámbito de la Radiodifusión.

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